Page 396 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        Acoso sexual o por razón de sexo (Faltas muy graves, medidas preventivas y protocolo
                        de actuación)

                        En  cuanto  al  acoso  sexual  y  acoso  por  razón  de  género,  la  mitad  de  los  convenios
                        colectivos analizados del sector de Fabricación de productos Lácteos regula de alguna
                        forma, más  o menos  desarrollada, las actuaciones contra el acoso sexual, en menor
                        medida por razón de sexo.

                        Todos convenios en los que hemos encontrado alguna mención o regulación contra
                        este tipo de acoso se relaciona con empresas fabricantes de MDD.


                                                         Acoso sexual y por
                                                           razón de sexo


                                      No se regula
                                      50%                                            Se regula
                                                                                     50%











                        La fórmula más extendida en los convenios analizados es incluir la prevención o actuaciones
                        contra el acoso sexual y por razón de sexo entre las funciones de la Comisión de Igualdad,
                        así lo encontramos en cuatro de los convenios analizados, entre los que se encuentran
                        los convenios de LACTALIS en Granada, Convenio Colectivo LNPRL Guadalajara, S.L. y
                        Convenio Colectivo de Lactalis Granada, ambos en su Art. 7 C).

                        El  Convenio  Colectivo  de  Esnelat  de  IPARLAT  recoge  en  su  Artículo  10  dentro  de  las
                        funciones de la comisión: “Elaborar un procedimiento de actuación ante casos de acoso
                        sexual para prevenir éstos y en caso de que ocurriese, para la pronta resolución de los
                        mismos.” En este caso se observa, como es habitual en este aspecto, un olvido del acoso
                        por razón de género.


                        Algo parecido encontramos en el Artículo 46 del Convenio Colectivo de Schreiber Foods,
                        entre las funciones de la Comisión se encuentra el establecimiento de medidas concretas
                        contra el acoso sexual, el mobbing y la violencia de género, sin mencionar el acoso por
                        razón de género.

                        En cuanto a los convenios que incluyen el acoso sexual en su listado de faltas muy graves,
                        encontramos tres convenios en la muestra analizada que incluye solo el acoso sexual,
                        olvidando el acoso por razón de género y en ningún caso incluyen la definición de este
                        tipo de acoso. Así lo encontramos en el Convenio Colectivo de Industrias Lácteas y sus
                        derivados (Art. 65.3.k), en el Convenio Colectivo de Lactalis Granada (Art. 73.k) y en el
                        Convenio Colectivo de Schreiber Foods (Art. 42.3.k) que menciona el acoso por razón de
                        género, pero de forma poco acertada solo para las falsas denuncias: “El acoso sexual, así
                        como las denuncias falsas de acoso moral, acoso sexual o acoso por razón de género”.


                        Solo encontramos dos convenios que avanzan un poco más en la gestión de las situaciones
                        de acoso sexual y por razón de género y que cuentan con un protocolo o procedimiento de
                        actuación, más o menos desarrollado. Tal es el caso del Convenio Colectivo de Industrias
                        Lácteas y sus derivados que en su Disposición adicional décima incluye un Protocolo de



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