Page 340 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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GRUPO                                              COCA- COLA ESPAÑA
                   MEJORAS SOCIALES I          Nupcialidad o nacimiento: 132,22 euros. Orfandad hijo de empleado: 363,26 euros mes por
                                               hijo/a. Ayuda escolar: 126,87 de 0 a 23 años (3.300 euros anuales por escolarización especial)
                                               Fondo de asistencia social 9.015,18 euros (para toda la empresa). Comedor laboral
                   MEJORAS SOCIALES II         Anticipo: 3 mensualidades netas para la adquisición o reparación de primera vivienda

                   MEJORAS SOCIALES III        Premio vinculación : al cumplir los 5; 10; 15; 20; 25; 30; 35 y 40 años como fijos de plantilla
                                               continuos y discontinuos, se otorgarán los premios de permanencia de 93,97,187,94, 281,91;
                                               375,88; 469,85; 563,82; 657,79; 751, euros brutos respectivamente
                   MEJORAS SOCIALES IV         Premio jubilación: , 60 años 328,87 euros/año de servicio; 61 años 310,08 euros/año de ser-
                                               vicio; 62 años 291,28 euros/año de servicio; 63 años 272,48 euros/año de servicio; 64 años
                                               253,68 euros/año de servicio; 65 años 234,88 euros/año de servicio









                   GRUPO                                          GRUPO LACTALIS IBERIA, S.A.
                   EMPRESA O CONVENIO          LACTALIS PULEVA, S.L.
                   SECTOR                      Lácteos
                   CÓDIGO CONVENIO             18100121012014
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                   CENTRO DE TRABAJO           Granada
                   VIGENCIA                    2016-2018
                   CLÁUSULA DE ULTRA ACTIVIDAD  Prórroga tácita de año en año, hasta la firma de un nuevo Convenio que lo sustituya

                   JORNADA ANUAL H/AÑO         1.770 h
                   JORNADA SEMANAL H/SEMANA    NO CONTEMPLA
                   TRABAJADOR FIJO:            15.000,00
                   PEÓN €/AÑO
                   TRABAJADOR FIJO:            17.286,60
                   OFICIAL 1 €/AÑO

                   VACACIONES                  Veintidós días laborables
                   Nº PAGAS                    3
                   IMPORTE PAGAS EXTRAORDINARIAS  Sueldo base, más complemento de origen, más la antigüedad

                   ANTIGÜEDAD                  Trienios al 3% sobre la base de cálculo que resulte de sumar el salario base más el comple-
                                               mento de origen
                   INCREMENTO SALARIAL         NO CONTEMPLA
                   CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL  NO CONTEMPLA
                   COMPLEMENTO DE IT           EC. A partir del 4º día de ocurrir la baja cien por cien de la retribución pactada hasta el 15ª día, a
                                               partir del  16ª día complementará las prestaciones económicas de la Seguridad Social hasta el
                                               total de la retribución pactada en este convenio, corriendo a cargo del trabajador los 3 primeros
                                               días de baja.
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