Page 270 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.7.- Sector de panaderías
40.- CONVENIO COLECTIVO DE PANADERÍA Y PASTELERÍA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
VIGENCIA 2015/2017
CÓDIGO CONVENIO 80100065012013
DENUNCIA DEL CONVENIO Transcurridos dos años desde que se produjo la denuncia sin que se haya alcanzado un acuerdo para sustituir
el convenio vencido, las partes someterán sus discrepancias a la Comisión Paritaria del Convenio. De persistir el
desacuerdo, la Comisión decidirá sobre su sometimiento bien al arbitraje recogido en el presente convenio o
a los mecanismos previstos en el V Acuerdo de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales de la Comunidad
Valenciana.
NÚMERO DE TRABAJADORES 14.185
HOMBRES 8.653
MUJERES 5.532
JORNADA 1.782 horas anuales
VACACIONES Todo el personal afectado por este convenio colectivo disfrutará de treinta días naturales de vacaciones, más
un día más por cada fiesta abonable que no se celebre en domingo que esté comprendida en el período de
disfrute de vacaciones.
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de 30 días de salario base + plus convenio
EUROS AÑO PEÓN 13.908,75
EUROS AÑO OFICIAL 1ª 14.524,20
INCREMENTO SALARIAL Año 2017: 1,5%
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
COMPLEMENTO DE I.T. En los casos de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, las empresas completarán las
prestaciones obligatorias hasta el importe íntegro de las retribuciones establecidas en este convenio,
272 hasta el límite de doce meses. En los procesos De incapacidad temporal derivada de enfermedad común
o accidente no laboral, las empresas abonarán el 25 % de la base reguladora de la prestación de incapa-
cidad temporal desde el día sesenta hasta el día trescientos sesenta y cinco de la baja.
CLÁUSULA DE Las partes firmantes manifiestan su clara y decidida voluntad por la seguridad y la calidad del trabajo en
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO el sector, siendo propósito de ambas el fomento de la estabilidad en el empleo, mediante el desarrollo
de políticas de recursos humanos tendentes a la adecuación de la contratación y transformación de la
plantilla en contratos de carácter indefinido
COMISIÓN DE FORMACIÓN SI
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL. Las partes se comprometen a fomentar una cultura preventiva y una aplicación práctica
de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (RCL 1995, 3053) , de Prevención de Riesgos Laborales. A tal fin
acuerdan la constitución de una Comisión sectorial de salud laboral que impulsará cuantas medidas se
orienten a mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo,
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD En el marco de las medidas de fomento, especialmente dirigidas a las pequeñas y las medianas empre-
sas, que establezcan las Administraciones Públicas, las partes firmantes del presente Convenio Colectivo
fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su conse-
cución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos
fijados, en relación con acceso al empleo, la clasificación profesional, la promoción y formación, las
retribuciones y la prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo.
VIOLENCIA DE GÉNERO Se remite a la Ley
PARTES FIRMANTES COPAVAL, FAPCOVA, FEDACOVA, UGT y CC.OO