Page 486 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación                                                    Resultados de la investigación





                        concreto, una evaluación de la situación laboral y de empleo de las mujeres, que se
                        elaborará y presentará con todos los datos desagregados por sexo. Dichos estudios
                        deberán contener al menos el análisis y diagnóstico respecto los siguientes aspectos:

                        • Criterios utilizados en los procesos de selección y contenido de las ofertas de
                          empleo.
                        • Canales de información y/o comunicación utilizados en los procesos de selección.
                        • Formación y promoción.
                        • Descripción de los perfiles profesionales y puestos de trabajo.”

                        Asimismo, el  CC de Industria y Comercio de Alimentación de Guipúzcoa en
                        su Art. 59 menciona la “creación de comisiones específicas en las empresas, son
                        representación sindical y empresarial, con el objeto de implantar planes para la
                        igualdad de oportunidades para trabajadores/as, siempre sobre la base del diagnóstico
                        de la situación con el objetivo de concretar las medidas de actuación...”

                        No se ha encontrado ningún documento o información sobre Planes de Igualdad en
                        estas empresas, con lo cual se deduce que ninguna de las empresas del Ranking del
                        sector de Manipulado cuenta con un  Plan de Igualdad.


                        Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres
                        y hombres

                        El 83% de los convenios colectivos analizados del sector de Manipulado no recoge
                        ninguna medida dirigida a promover la igualdad de trato y oportunidades entre
                        mujeres y hombres.

                        Solo encontramos alguna medida muy genérica en el  CC de de frutas frescas y
                        hortalizas, manipulado y envasado de Murcia en su Art. 37 “Que tanto las mujeres
                        como los hombres gocen de igualdad de oportunidades en cuanto al empleo, la
                        formación, la promoción y el desarrollo de su trabajo”.

                        Medidas de preferencia a favor del sexo menos representado (acciones positivas)

                                                                    En el análisis de estos Convenios
                                                                    Colectivos se observa que ninguno
                                                                    recoge  lo  que  podría  ser  entendido
                                                                    como una medida de preferencia a favor
                                                                    del sexo menos representado (acciones
                                                                    positivas).

                                                                    Medidas para prevenir el acoso sexual o
                                                                    el acoso por razón de sexo

                                                                    El  CC  de  Industria  y  Comercio de
                                                                    Alimentación de Guipúzcoa en su  Art.
                                                                    59 mandata a la Comisión Permanente la
                                                                    elaboración de un protocolo de actuación
                                                                    en materia de acoso sexual  en el plazo
                                                                    de un mes, “la Comisión Permanente en
                                                                    el plazo de un mes a partir de la firma del
                                                                    presente convenio colectivo elaborará
                                                                    un protocolo de actuación en materia



                                                                                                                485
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