Page 489 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
Conclusiones
• El análisis de los convenios colectivos en el Ranking de las empresas del sector
Hortofrutícola, nos muestra que estas empresas aplican Convenios Colectivos
sectoriales de ámbito provincial o regional y en todos estos Convenios se encuentra
regulada, de una u otra manera, la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Lo más habitual es referirse a la Ley 3/2007 y la mitad de estos convenios recoge en
su articulado algo sobre Planes de igualdad, en la mayoría de los casos marcando
la obligatoriedad a las empresas de más de 250 personas trabajadoras, el número
que marcaba la legislación en el momento de su firma. Pero también encontramos
convenios más innovadores que bajan el número de personas trabajadoras a 200 y
hasta a 50, como el Convenios de industria y comercio de alimentación de Guipúzcoa
y el Convenio del Campo de Huelva.
Hay que destacar en este punto, los convenios que marcan un plazo a las empresas
para la negociación del plan de igualdad, que va desde seis meses de la firma del
convenio a durante la vigencia del convenio.
El 33% de estos convenios habla o integra en su texto algo sobre la Comisión de
igualdad, aunque solo dos convenios regula su composición y funciones.
No se ha encontrado ningún documento o información sobre Planes de igualdad en
estas empresas.
La inmensa mayoría de estos convenios carece de medidas dirigidas a promover la
igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, ni recoge ninguna medida
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