Page 385 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Sector Manipulado
Hortofrutícola
CONVENIO COLECTIVO FRUTAS FRESCAS Y HORTALIZAS
(MANIPULADO Y ENVASADO) MURCIA. 2016-2020
Disposición adicional Sexta
Las empresas afectadas por este Convenio y que no pertenezcan a ninguna de las
Asociaciones representadas en el mismo, deberán abonar a la Comisión Paritaria
del Convenio el 0,5% de la masa salarial bruta de cada año de Convenio, al objeto
de compensar parte de los gastos de negociación, creándose un fondo al objeto de
realizar actuaciones tendentes a la promoción, estudio y seguimiento del Convenio,
así como las relaciones laborales del sector.
CONVENIO COLECTIVO DE MANIPULADO Y ENVASADO DE
CÍTRICOS, FRUTAS Y HORTALIZAS PARA LA COMUNIDAD
VALENCIANA 2016-2020
Artículo 27. Pase de eventuales a fijos-discontinuos
1. Cuando un/a trabajador/a preste sus servicios durante dos campañas consecutivas
de manipulado de cítricos y siempre que en cada campaña hubiere trabajado
efectivamente durante un mínimo de 50 días, tendrá la condición de personal fijo-
discontinuo a la siguiente campaña. Para frutas y hortalizas 20 días.
Los/as trabajadores/as que en una campaña no hayan alcanzado 50 o 20 días de
trabajo tendrán preferencia para ser contratados/as en la siguiente campaña, sin
pérdida de la condición de eventual.
2. Los/las trabajadores/as con contrato de puesta a disposición a través de una
empresa de trabajo temporal cuando presten sus servicios para una misma empresa
usuaria durante dos campañas consecutivas de manipulado de cítricos y siempre
que en cada campaña hubieren trabajado efectivamente durante un mínimo de 50
días, tendrán la condición de personal fijos-discontinuos de la empresa usuaria a la
siguiente campaña. Para frutas y hortalizas 20 días.
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