Page 386 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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Sector Manipulado   Sector Vinos y Licores



 Hortofrutícola



                        CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA
                        CODORNÍU, SA, PARA LOS AÑOS 2017-2018. APLICABLE A
 CONVENIO COLECTIVO FRUTAS FRESCAS Y HORTALIZAS   LOS CENTROS DE TRABAJO DE BARCELONA: SANT SADURNÍ
 (MANIPULADO Y ENVASADO) MURCIA. 2016-2020  D´ANOIA (CODORNIÚ, RONDEL Y DALAPIERRE) Y SANT ESTEVE
                        DE SESROVIRES (BACH)
 Disposición adicional Sexta
                        Art 29. Premio iniciativa
 Las empresas afectadas por este Convenio y que no pertenezcan a ninguna de las
 Asociaciones representadas en el mismo, deberán abonar a la Comisión Paritaria   Todo trabajador podrá comunicar directamente a la dirección de la empresa cualquier
 del Convenio el 0,5% de la masa salarial bruta de cada año de Convenio, al objeto   iniciativa o sugerencia de tipo personal que represente una mejora en los métodos
 de compensar parte de los gastos de negociación, creándose un fondo al objeto de   de trabajo, aumento de productividad, mayor seguridad etc. Con este fin, la empresa
 realizar actuaciones tendentes a la promoción, estudio y seguimiento del Convenio,   pondrá a disposición de los trabajadores los impresos adecuados para explicar y
 así como las relaciones laborales del sector.  desarrollar su idea, y puede la dirección convocar al trabajador para que amplíe o
                        aclare la idea o sugerencia formulada. En caso de aceptarse la idea o sugerencia se
 CONVENIO COLECTIVO DE MANIPULADO Y ENVASADO DE   premiara al autor con 103,80 EUR y, puesta en práctica con resultados satisfactorios,
 CÍTRICOS, FRUTAS Y HORTALIZAS PARA LA COMUNIDAD   sé entregar, por una sola vez, el importe del 25% del ahorro del trabajo, tiempo o
 VALENCIANA 2016-2020   materiales conseguidos con la sugerencia en un período de 6 meses, sin limitación
                        practica alguna. La dirección dará cuenta al Comité de Empresa los premios
                        concedidos
 Artículo 27. Pase de eventuales a fijos-discontinuos
                        CONVENIO COLECTIVO PERNOD RICARD ESPAÑA. CENTRO DE
 1. Cuando un/a trabajador/a preste sus servicios durante dos campañas consecutivas
 de manipulado de cítricos y siempre que en cada campaña hubiere trabajado   TRABAJO DE MÁLAGA  2013-2020
 efectivamente durante un mínimo de 50 días, tendrá la condición de personal fijo-
 discontinuo a la siguiente campaña. Para frutas y hortalizas 20 días.  Artículo 16. Vacaciones

 Los/as trabajadores/as que en una campaña no hayan alcanzado 50 o 20 días de    1. El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituibles por compensación
 trabajo tendrán preferencia para ser contratados/as en la siguiente campaña, sin   económica, será de.
 pérdida de la condición de eventual.
                          • 23 días hábiles, o en su caso, en la proporción que corresponda de no prestar
 2. Los/las trabajadores/as con contrato de puesta a disposición a través de una   servicio el año completo, para:
 empresa de trabajo temporal cuando presten sus servicios para una misma empresa
 usuaria durante dos campañas consecutivas de manipulado de cítricos y siempre   – Los trabajadores que sean contratados a partir del 1 de enero de 2013.
 que en cada campaña hubieren trabajado efectivamente durante un mínimo de 50
 días, tendrán la condición de personal fijos-discontinuos de la empresa usuaria a la   – Los trabajadores que, a la fecha de 1 de enero de 2014, estén prestando servicios
 siguiente campaña. Para frutas y hortalizas 20 días.  en la empresa y a dicha fecha acrediten una antigüedad en la empresa superior
                           a veinticinco años.

                           – Los trabajadores que, a la fecha de 1 de enero de 2014, estén prestando servicios
                           en la empresa y a dicha fecha acrediten una antigüedad en la empresa inferior a
                           cinco años.

                          • 24 días hábiles, o en su caso, en la proporción que corresponda de no prestar
                          servicio el año completo, para:







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