Page 274 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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PERNOD RICAR WINEMARKERS SPAIN, S.A.
              DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
                                                                  PERNOD RICARD ESPAÑA, S.A.
           Protección social/económica del    NO
           trabajador/a
           Derechos digitales y protección de datos  NO

           Mecanización/automatización        NO
           Formación, cualificación y grupos   NO
           profesionales

           Medidas de adecuación de los cambios
           tecnológicos y prevención de riesgos   NO
           laborales
           Teletrabajo/Plataformas digitales  NO

           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO




                      IGUALDAD EN PERNOD RICARD WINEMARKERS SPAIN, S.A. (CC PERNOD RICARD CIUDAD REAL)
                                                CIUDAD REAL (MANZANARES)
                                                             DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera.- Política de Igualdad.
                                                             Las partes firmantes de este convenio declaran su voluntad de
                                                             respetar el principio de igualdad de trato en el trabajo a todos
               Regula los términos y condiciones para garantizar el
          1                                                  los efectos, no admitiéndose discriminaciones por razón de
               principio de igualdad
                                                             sexo, estado civil, edad, raza o etnia, religión o convicciones,
                                                             discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación o no
                                                             a un sindicato, etc
                                                             DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera.- Política de Igualdad.
                                                             Por ello y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 46
                                                             de la Ley Orgánica 3/2007, sobre la Igualdad de Oportunidades,
                                                             la empresa tiene elaborado un Plan de Igualdad que fue
               Planes de Igualdad
                                                             aprobado el pasado 30 de abril de 2010 por los representantes
                                                             de los trabajadores, encontrándose actualmente en vigor por
                                                             lo que cualquier referencia sobre esta materia debe entenderse
                                                             realizada a dicho plan.
               Comisión  de Igualdad
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2                                                  NO
               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
               Contratación

               Promoción

               Estabilidad en el empleo
               Formación

               Salarios
               Se establecen medidas de acción positiva de
          3                                                  NO
               preferencia a favor del sexo menos representado
               Contratación
               Promoción

               Formación

               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar


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