Page 278 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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IGUALDAD EN PERNOD RICARD WINEMARKERS SPAIN, S.A. (CC PERNOD RICARD MADRID)
MADRID
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Política de igualdad
Las partes firmantes de este convenio declaran su voluntad de
Regula los términos y condiciones para garantizar el respetar el principio de igualdad de trato en el trabajo a todos
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principio de igualdad los efectos, no admitiéndose discriminaciones por razón de
sexo, estado civil, edad, raza o etnia, religión o convicciones,
discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación o no
a un sindicato, etc.
Asimismo, la dirección de la empresa y los representantes de
los trabajadores manifiestan su compromiso de hacer efectivos
Planes de Igualdad
los derechos reconocidos en la normativa en materia de
igualdad así como en el vigente Plan de Igualdad.
Comisión de Igualdad
Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
2 NO
trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
Contratación
Promoción
Estabilidad en el empleo
Formación
Salarios
Se establecen medidas de acción positiva de
3 NO
preferencia a favor del sexo menos representado
Contratación
Promoción
Formación
Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar
Segunda. Protocolo de prevención y tratamiento de situaciones
de acoso moral y sexual
A) Declaración de principios
B) Medidas preventivas
Por ello, la Empresa se compromete a investigar todas las
Establece medidas para prevenir el acoso sexual
4 denuncias sobre acoso, de conformidad con lo dispuesto en el
y por razón de sexo
“Código de Conducta” vigente en la Empresa.
Artículo 3. Faltas muy graves
Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
5. El acoso sexual, en los términos establecidos en la Ley.
Regula medidas para la protección de víctimas de
5 No
violencia de género
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Política de igualdad
Las partes firmantes de este convenio declaran su voluntad de
Regula medidas dirigidas a promover la igualdad
6 de trato y de oportunidad independientemente de respetar el principio de igualdad de trato en el trabajo a todos
los efectos, no admitiéndose discriminaciones por razón de
nacionalidad, edad, religión, etc…?
sexo, estado civil, edad, raza o etnia, religión o convicciones,
discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación o no
a un sindicato, etc.
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