Page 282 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
P. 282
FÉLIX SOLÍS AVANTIS, S.A. GRUPO
DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS VINICOLAS
Protección social/económica del NO
trabajador/a
Derechos digitales y protección de datos Derecho a la confidencialidad en relación a los reconocimientos médicos
Mecanización/automatización NO
Formación, cualificación y grupos NO
profesionales
Medidas de adecuación de los cambios
tecnológicos y prevención de riesgos NO
laborales
Teletrabajo/Plataformas digitales NO
Contratación e implantación de nuevas
tecnologías NO
BYOD NO
IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR INDUSTRIAS VINICOLAS DE CIUDAD REAL)
CIUDAD REAL (VALDEPEÑAS)
Artículo 5.- Derechos fundamentales de los trabajadores.
Principio de no discriminación.
Las organizaciones firmantes del presente convenio y las
Regula los términos y condiciones para garantizar el empresas afectadas por su ámbito funcional, son conscientes
1
principio de igualdad de la necesidad de garantizar de forma efectiva la igualdad entre
hombres y mujeres, por lo que se comprometen a aplicar de
forma efectiva lo expuesto en el capítulo III del título IV de la Ley
Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Planes de Igualdad
Comisión de Igualdad
Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
2 NO
trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
Contratación
Promoción
Estabilidad en el empleo
Formación
Salarios
Se establecen medidas de acción positiva de
3 NO
preferencia a favor del sexo menos representado
Contratación
Promoción
Formación
Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar
280 281