Page 282 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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FÉLIX SOLÍS AVANTIS, S.A. GRUPO
              DIGITALIZACIÓN EN EL GRUPO
                                                    CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS VINICOLAS
           Protección social/económica del    NO
           trabajador/a
           Derechos digitales y protección de datos  Derecho a la confidencialidad en relación a los reconocimientos médicos

           Mecanización/automatización        NO
           Formación, cualificación y grupos   NO
           profesionales

           Medidas de adecuación de los cambios
           tecnológicos y prevención de riesgos   NO
           laborales
           Teletrabajo/Plataformas digitales  NO

           Contratación e implantación de nuevas
           tecnologías                        NO

           BYOD                               NO





                    IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR INDUSTRIAS VINICOLAS DE CIUDAD REAL)
                                                 CIUDAD REAL (VALDEPEÑAS)

                                                             Artículo 5.- Derechos fundamentales de los trabajadores.
                                                             Principio de no discriminación.
                                                             Las organizaciones firmantes del presente convenio y las
               Regula los términos y condiciones para garantizar el   empresas afectadas por su ámbito funcional, son conscientes
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               principio de igualdad                         de la necesidad de garantizar de forma efectiva la igualdad entre
                                                             hombres y mujeres, por lo que se comprometen a aplicar de
                                                             forma efectiva lo expuesto en el capítulo III del título IV de la Ley
                                                             Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

               Planes de Igualdad
               Comisión  de Igualdad

               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2                                                  NO
               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
               Contratación

               Promoción
               Estabilidad en el empleo

               Formación
               Salarios

               Se establecen medidas de acción positiva de
          3                                                  NO
               preferencia a favor del sexo menos representado
               Contratación

               Promoción
               Formación

               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar









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