Page 286 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
P. 286

IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR INDUSTRIAS VINICOLAS DE TOLEDO)
                                             TOLEDO (LA PUEBLA DE ALMORADIEL)
                                                             Disposición adicional quinta. De igualdad de trato y
                                                             oportunidades entre hombres y mujeres
                                                             Áreas de actuación. Selección, promoción y desarrollo
                                                             personal Conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley
                                                             Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, no constituirá discriminación
                                                             en el acceso al empleo, incluida la formación necesaria, una
                                                             diferencia de trato basada en una característica relacionada
                                                             con el sexo cuando, debido a la naturaleza de las actividades
                                                             profesionales concretas o al contexto en el que se lleven a
                                                             cabo, dicha característica constituya un requisito profesional
                                                             esencial y determinante, siempre y cuando el objetivo sea
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2                                                  legítimo y el requisito proporcionado.
               trato y de oportunidades entre hombres y mujeres
                                                             Para el adecuado cumplimiento de estos principios las partes
                                                             se comprometen a mantener en todo momento en sus
                                                             procesos de selección, contratación, promoción y desarrollo
                                                             profesional, procedimientos y políticas de carácter objetivo
                                                             basadas en principios de aptitud, mérito, capacidad y de
                                                             adecuación persona puesto valorando las candidaturas en base
                                                             a la idoneidad, asegurando en todo momento que los puestos
                                                             de trabajo en los diferentes ámbitos de responsabilidad son
                                                             ocupados por las personas más adecuadas en un marco de
                                                             igualdad de trato con ausencia de toda discriminación basada
                                                             en el sexo

                                                             55. Comités de empresa o delegados de personal
                                                             7. El Comité o Delegados velará no sólo porque en los procesos
               Contratación                                  de selección de personal se cumpla la normativa pactada, sino
                                                             también por los principios de no discriminación, igualdad de
                                                             sexos y fomento de una política racional de empleo
                                                             19. Promoción profesional
                                                             La promoción se ajustará a criterios de igualdad de
                                                             oportunidades entre hombres y mujeres, sin que pueda
                                                             existir en la promoción profesional discriminación alguna por
               Promoción
                                                             razón de sexo, así como a objetivos de mérito y capacidad,
                                                             pudiéndose acordar por las empresas la celebración de las
                                                             correspondientes pruebas selectivas de carácter teórico-
                                                             práctico

               Estabilidad en el empleo
               Formación

               Salarios
               Se establecen medidas de acción positiva de
          3                                                  NO
               preferencia a favor del sexo menos representado
               Contratación
               Promoción

               Formación
               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar




















 284                                                                                                            285
   281   282   283   284   285   286   287   288   289   290   291