Page 283 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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IGUALDAD FELIX SOLIS AVANTIS, S.A. GRUPO (CC. SECTOR INDUSTRIAS VINICOLAS DE CIUDAD REAL)
CIUDAD REAL (VALDEPEÑAS)
Artículo 48.- Clasificación de las faltas muy graves
11. El acoso sexual, entendiendo como tal cualquier
comportamiento verbal o físico, de naturaleza sexual, que tenga
el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad
de una persona, en particular cuando se crea un entorno
intimidatorio, degradante u ofensivo, desarrollada en el ámbito
de organización y dirección de una empresa, o en relación o
como consecuencia de una relación de trabajo.
Artículo 54.- Protección de la dignidad de trabajadores y
trabajadoras.
El acoso sexual es una conducta basada en comportamientos
Establece medidas para prevenir el acoso sexual culturales y educativos basados en el sexo que afectan
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y por razón de sexo a la dignidad de las mujeres y los hombres en el trabajo.
Comprenden una diversidad de supuestos que engloben
conductas verbales o físicas ofensivas para la víctima y no
deseadas por ellas. Por ello, si se produjese algún caso de
acoso sexual se pondrá en conocimiento de los representantes
sindicales y en su defecto a la comisión paritaria de este
convenio. Tanto los representantes sindicales como la comisión
paritaria asesorarán a las personas afectadas de los pasos a
seguir en cuantas actuaciones legales sean precisas para evitar
que se produzcan dichos actos. En todo momento se guardará
un absoluto respeto y discreción para proteger la intimidad de la
persona acosada o agredida.
Regula medidas para la protección de víctimas de
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violencia de género
Artículo 5.- Derechos fundamentales de los trabajadores.
Principio de no discriminación.
Asimismo garantizarán la igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres, así como la no discriminación por
Regula medidas dirigidas a promover la igualdad cuestiones de raza, religión o cualquier otra condición de
6 de trato y de oportunidad independientemente de conformidad con la legislación vigente nacional, jurisprudencia
nacionalidad, edad, religión, etc…? y Directivas Comunitarias. Se pondrá especial atención en
cuanto al cumplimiento de estos conceptos en: acceso al
empleo, estabilidad en el empleo, igualdad salarial en trabajos
de igual valor, formación y promoción profesional, ambiente
laboral exento de acoso sexual y moral
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