Page 272 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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IGUALDAD EN PERNOD RICARD WINEMARKERS SPAIN, S.A. (CC PERNOD RICARD ESPAÑA. CENTRO DE MÁLAGA)
                                                         MÁLAGA
                                                             Disposiciones finales
                                                             Segunda. Protocolo de prevención y tratamiento de situaciones
                                                             de acoso moral y sexual
                                                             a) DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
                                                             La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son
                                                             inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, la integridad
                                                             física y moral, son derechos fundamentales de la persona
                                                             contemplados en la Constitución Española, además de los
                                                             derechos contenidos en el Estatuto de los Trabajadores de
                                                             respeto a la intimidad y a la consideración debida a su dignidad,
                                                             comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de
                                                             naturaleza sexual.
                                                             Asimismo, la Comisión Europea ha establecido medidas para
                                                             garantizar la salud y seguridad de los trabajadores. Así, distintas
                                                             Directivas aprobadas por el Consejo, desarrollan disposiciones
                                                             básicas sobre la salud y seguridad y hace responsables a los
                                                             empresarios de velar para que los trabajadores no enfermen en
                                                             el trabajo, incluso a causa de acoso moral o sexual.
               Establece medidas para prevenir el acoso sexual    Por todo ello, las partes firmantes del convenio manifiestan
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               y por razón de sexo                           su compromiso por mantener un entorno laboral positivo y
                                                             prevenir evitar, resolver y sancionar los supuestos de acoso
                                                             laboral o sexual que puedan producirse en el ámbito laboral,
                                                             como requisito imprescindible para garantizar la dignidad,
                                                             integridad e igualdad de trato y oportunidades de todos sus
                                                             trabajadores.
                                                             b) MEDIDAS PREVENTIVAS
                                                             Todos los trabajadores tienen derecho a un entorno libre de
                                                             conductas y comportamientos hostiles o intimidatorios hacia su
                                                             persona que garantice su dignidad y su integridad física y moral.
                                                             Las personas con responsabilidad de mando tienen la obligación
                                                             de garantizar las condiciones adecuadas de trabajo en su ámbito
                                                             de responsabilidad.
                                                             Por ello, la empresa se compromete a investigar todas las
                                                             denuncias sobre acoso, de conformidad con lo dispuesto en el
                                                             “Código de Conducta” vigente en la empresa
                                                             Artículo 3. Faltas muy graves
                                                             Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
                                                             5. El acoso sexual, en los términos establecidos en la ley.

               Regula medidas para la protección de víctimas de
          5                                                  NO
               violencia de género
                                                             Disposiciones finales
                                                             Primera. Política de igualdad
                                                             Las partes firmantes de este convenio declaran su voluntad de
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad
          6    de trato y de oportunidad independientemente de   respetar el principio de igualdad de trato en el trabajo a todos
               nacionalidad, edad, religión, etc…?           los efectos, no admitiéndose discriminaciones por razón de
                                                             sexo, estado civil, edad, raza o etnia, religión o convicciones,
                                                             discapacidad, orientación sexual, ideas políticas, afiliación o no
                                                             a un sindicato, etc.


























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