Page 154 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
P. 154
Empresa: COCA COLA ESPAÑA Ranking 1
Marca Blanca NO
Grupo COCA- COLA ESPAÑA
Empresa o Convenio COCA COLA -COBEGA Embotellador, S.L.U.
Sector Bebidas
Código Convenio 38100021012013
Centro de trabajo TENERIFE
Vigencia 2016-2017
En caso de denuncia, y transcurrido el tiempo legal de negociación del convenio colectivo sin que
Cláusula de ultraactividad exista acuerdo entre las partes, éste seguirá vigente en todos sus artículos y/o cláusulas, excepto el
incremento salarial
Jornada Anual h/año No contempla
Jornada Semanal h/semana 40 h/semana
Trabajador Fijo: Peón €/año 22.114,91
Trabajador Fijo: Oficial 1 €/
año 24.030,14
Vacaciones 25 días laborables
Nº Pagas 4+ bolsa de vacaciones
Importe Pagas Salario Base + plus vinculación +complemento ad personam + plus de actividad y, en su caso,
extraordinarias incentivos.. Bolsa de vacaciones. 1.730,08 €+ media de incentivos del año anterior.
Antigüedad Plus de vinculación cantidad fija 30 euros anuales por cada trienio, hasta un máximo de 10 trienios
Incremento Salarial 1,6 %
Cláusula de Revisión Salarial NO
Complemento IT EC y Accidente no laboral 100% SB Plus Vinculación y Complem Ad personam.. A
partir del 75 día, 90% de Comisiones o Plus Tarea (100% a partir de los 100 días). Se complementa
Complemento de IT
también una cantidad fija por día de hospitalización y post hospitalización. Se abona también una
cantidad para suplir los incentivos. 100% en Accidente de Trabajo.
Seguro Colectivo Póliza de seguro de vida y accidente, por muerte e Invalidez
Cláusula de Estabilidad en el No contempla
Empleo
Formación No contempla
Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Redacción básica y genérica. Derechos y deberes de
Salud Laboral trabajador y empresario. Comité de seguridad y salud. Plan de Formación en salud laboral para
toda la plantilla. Contenido del reconocimiento médico
Clausula de medio ambiente No contempla
Plan de Igualdad firmado en fecha 25 de noviembre de 2011, así como de una comisión permanente
Cláusulas de igualdad de igualdad al efecto de velar por su cumplimiento, realizar el seguimiento de las acciones pactadas
así como proponer nuevas medidas que fomenten la igualdad en su espectro más amplio
Conciliación vida familiar No contempla
Violencia de género No contempla
Crédito Horario 240 horas mensuales retribuidas a salario normal. Los miembros del Comité de
Empresa y Delegados. Los miembros del Comité de Empresa y Delegados de Personal podrán
Derechos Sindicales
acumular en uno o varios de sus miembros, total o parcialmente, su crédito horario sindical..
Derecho a celebrar una asamblea mensual fuera de horario laboral Amplia regulación
1.-Se establecerá un plan de formación de salud laboral de carácter general para toda la plantilla.
Dicho plan de formación incluirá la formación teórica y práctica apropiada cuando se produzcan
cambios en las funciones que desempeñen o se introduzcan nuevas tecnologías. Esta formación
deberá repetirse periódicamente si fuera necesario. El tiempo dedicado a la formación tendrá la
Digitalización consideración de tiempo efectivo de trabajo.
2.- El Comité de Seguridad y Salud, tiene la competencia de conocer directamente a través de
la Dirección de la Empresa la propuesta de nuevos métodos de trabajo, así como el diseño de la
organización del trabajo en la medida en que éste pueda repercutir en la salud y seguridad de los
trabajadores/as, teniendo la facultad de proponer las modificaciones que consideren pertinentes
Ayuda escolar desde guardería hasta 4 curso de universidad. 252,41 €.anuales; 567,84 €.en caso de
Mejoras sociales I
minusvalía y centros especiales
Mejoras sociales II Anticipo hasta 6.000 € para la compra o construcción de primera vivienda, 3.300 para reforma.
Mejoras sociales III Fondo de Atenciones Sociales-Médico-Sanitarias. Natalidad, nupcialidad. Premio por jubilación anticipada
Mejoras sociales IV Ayuda lavado de ropa 12,54 € mensuales por trabajador/a
152 153