Page 158 - El impacto de la automatización y la IA en empleo del sector Agroalimentario español
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EL IMPACTO DE LA AUTOMATIZACIÓN Y LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN EL EMPLEO DEL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL


                  “Cuando en una empresa se introduzcan nuevas tecnologías que puedan suponer

                  para las personas trabajadoras una modificación sustancial de condiciones de
                  trabajo, o bien un período de formación  o adaptación técnica no inferior a dos

                  meses, se deberán comunicar las mismas con carácter previo a la representación
                  de las personas trabajadoras en el plazo suficiente para poder analizar y prever sus

                  consecuencias en relación con: empleo, salud laboral, formación y organización del

                  trabajo.


                  Las personas trabajadoras destinadas al puesto de trabajo modificado recibirían la
                  formación necesaria para el desarrollo de sus funciones, bien directamente de la

                  empresa o bien a través de planes de  formación concertados con el Servicio
                  Público de Empleo Estatal u otros Organismos competentes. En cuanto al régimen

                  de dicha formación, se puede realizar  la siguiente afirmación: las personas

                  trabajadoras afectadas, características,  duración, horario y presupuestos a ellas
                  dedicados, se dará información a la  representación legal de las personas

                  trabajadoras.”
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                  Uso de algoritmos para la toma de decisiones


                  El Articulo 80, XXIV Convenio colectivo  del sector de la banca, de derechos

                  digitales, es muy amplio, aunque en  algunas ocasiones puede resultar poco
                  aclaratorio, especialmente en la regulación de la desconexión digital, derecho a la

                  intimidad y al uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral; videovigilancia,
                  grabación de sonidos y geolocalización en el ámbito laboral; derecho a la educación

                  digital; derecho a la IA, con el siguiente texto:


                  “5.  Derecho ante la inteligencia artificial.


                  Las nuevas herramientas basadas en algoritmos pueden aportar valor hacia una
                  gestión más eficiente de las empresas, ofreciendo mejoras en sus sistemas de

                  gestión. Sin embargo, el desarrollo creciente de la aportación de la tecnología

                  requiere de una implantación cuidadosa cuando se aplica en el ámbito de las
                  personas. Por ello, las personas trabajadoras tienen derecho a no ser objeto de


                  48  Convenio colectivo de las empresas y personas trabajadoras de perfumería y afines (Código de
                  convenio n.º: 99004015011984), que fue suscrito con fecha 28 de noviembre de 2022 (vigencia:
                  2022-2025) , Artículo 11. Nuevas tecnologías.




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