Page 35 - Comparativa de las relaciones laborales en el sector agroalimentario
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Mediante convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y la repre- ∞ Las personas trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una
sentación de las personas trabajadoras, se podrá establecer la distribución irregular de la hora en el caso de nacimiento prematuro de hijo o hija, o que, por cualquier cau-
jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la empresa podrá distribuir de manera sa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto.
irregular a lo largo del año el 10 por ciento de la jornada de trabajo.
∞ Los períodos utilizados por los miembros del comité de empresa, delegados de
El descanso mínimo entre jornadas se establece en 12 horas, con 1,5 días de descanso personal y delegados de prevención, como crédito de horas mensuales para el
semanal, acumulables en periodos de hasta 14 días. desempeño de sus funciones.
Las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder La materia de los permisos sufrió una trascendental ampliación con la publicación el BOE
de catorce al año, de las cuales dos serán locales. En el año 2023 los siguientes festivos del 28 de junio de 2023 del RD 5/2023 que incluye, entre otras, medidas de conciliación
nacionales; 7 de abril, Viernes Santo; 1 de mayo, Fiesta del Trabajo; 15 de agosto, Asunción de la vida familiar y profesional de las familias y cuidadores.
de la Virgen; 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; 1 de noviembre, Todos los Santos;
6 de diciembre, Día de la Constitución Española; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción Además de incluirse nuevos permisos y excedencias, la norma incluía variaciones y cam-
y 25 de diciembre, Natividad del Señor. El resto de fiestas, hasta el numero de 12 (sin con- bios respecto a algunos que existían anteriormente.
tar las dos locales) son sustituibles a nivel de Comunidad Autónoma. ∞ Así, la nueva norma establece el denominado permiso parental para cuidado de
El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económi- menores, hasta 8 semanas de duración a utilizar hasta que el menor cumpla 8
ca, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la dura- años. Se trata de un permiso no retribuido
ción será inferior a treinta días naturales. ∞ 4 días retribuidos para el nuevo derecho a ausentarse del trabajo por causa de
En cuanto a los permisos retribuidos, los más importantes son: fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisi-
bles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia
∞ Quince días naturales por matrimonio inmediata.
∞ 5 días si se necesita desplazamiento en caso de fallecimiento, accidente o en- ∞ Adaptación de la jornada para quienes tengan necesidades de cuidado respecto
fermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que de hijos mayores de 12 años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por con-
precise reposo domiciliario de parientes, hasta el segundo grado de consanguini- sanguinidad hasta el segundo grado y otras personas dependientes que convivan
28 dad o afinidad en su mismo domicilio 29
∞ 2 días por fallecimiento de conyugue o pareja de hecho ∞ Permiso retribuido de 4 días al año por causas de fuerza mayor cuando sea ne-
cesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas
∞ Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, com- convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su
prendido el ejercicio del sufragio activo, por el tiempo indispensable. Si supusiese presencia inmediata
la imposibilidad de prestación de trabajo en más del 20 por 100 en un período
de tres meses, podrá la empresa pasar a la persona trabajadora a la situación de ∞ Permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo supe-
excedente forzoso. rior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años
∞ El desempeño de funciones sindicales o de representación de personal, como la ∞ Excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada
participación en comisiones negociadoras de convenios colectivos, siempre que hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos
la empresa esté afectada por la negociación, el tiempo necesario para el adecua- de guarda con fines de adopción o acogimiento permanente, a contar desde la
do ejercicio de su labor. fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
∞ Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y téc- ∞ También tendrán derecho a un periodo de excedencia, de duración no superior
nicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de a dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colec-
adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de informa- tiva, las personas trabajadoras para atender al cuidado del cónyuge o pareja de
ción y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos hecho, o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y por afini-
y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que dad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, que por razones de
deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no
desempeñe actividad retribuida
∞ En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogi-
miento, las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del traba- Despido y protección por Desempleo
jo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este
cumpla nueve meses. Este permiso se incrementará en los casos de nacimiento, Las principales causas de despido colectivo contempladas en la legislación española son
adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples. Es posible susti- las siguientes:
tuirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acu- ∞ Despido objetivo: se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o
mularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva de producción, siempre que se afecte a un número de personas por encima de
o en el acuerdo con la empresa respetando, en su caso, lo establecido en aquella. los umbrales establecidos.