Page 39 - Comparativa de las relaciones laborales en el sector agroalimentario
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Esta modalidad de jubilación requiere al acuerdo entre empresa y persona traba-  Se pueden acoger a esta modalidad (previo acuerdo con la empresa) las per-
 jadora salvo que el derecho esté recogido en Convenio Colectivo o acuerdo de   sonas trabajadoras con más de 61 años (60 si tuvieran la condición de mutua-
 empresa.                    lista y con más de 6 años de antigüedad en la empresa.

 La modalidad de jubilación parcial permite reducir la jornada de trabajo entre un   La reducción de jornada prevista para esta modalidad es de un mínimo del
 25% y un 50%, o un 75% en los casos que se contrate una persona trabajadora   25% y un máximo del 67% (o del 80% si el contrato de la persona trabajadora
 relevista de forma indefinida a tiempo completo percibiendo una parte de la pen-  relevista se realiza indefinido a jornada completa).
 sión de jubilación, la correspondiente a la jornada reducida.
                             En esta modalidad la cotización se realiza por el porcentaje de jornada que
 Cuando la persona trabajadora acceda a la edad de jubilación, la pensión se re-  la persona trabajadora conserve. La base de la persona relevista no podrá ser
 calculará nuevamente, accediendo normalmente al 100% de la pensión.   inferior al 65% de la base de la persona jubilada parcialmente.

 La ventaja que ofrece para la persona trabajadora es que esta modalidad permite   El requisito de años cotizados para la persona trabajadora jubilada parcialmen-
 mantener la cotización hasta la edad legal de jubilación, lo que hace que la pen-  te es como mínimo de 33 años.
 sión no se vea disminuida al llegar a esta edad, eliminando la penalización que
 lleva aparejada la jubilación anticipada.   Otras modalidades de jubilación son:

 Existen tres modalidades de jubilación parcial:    ∞ Jubilación flexible, que permite la posibilidad de desempeñar un trabajo a tiempo
                           parcial (máximo 75% de jornada) una vez la persona ha accedido a la jubilación.
   • Jubilación parcial diferida sin contrato de relevo. En esta modalidad, el jubilado parcial ya   La nueva pensión se recalcula una vez cesado el trabajo a tiempo completo, te-
 tiene la edad ordinaria de jubilación, que por aplicación del periodo transitorio hasta 2027   niendo en cuenta las nuevas cotizaciones.
 es de 66 años y 4 meses o 65 cuando se acrediten más de 37 años y 9 meses de cotiza-
 ción. No es necesaria la celebración de contrato de relevo.     ∞  Jubilación anticipada por razón de grupo o actividad profesional. Se aplica a de-
                           terminados colectivos con condiciones de trabajo con mayor índice de mortali-
 Se exigen 15 años cotizados, de los cuales dos deben estar comprendidos   dad o morbilidad y de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o
 entre los 15 últimos.     insalubre. Se aplica, entre otros, a personas trabajadoras incluidas en el estatuto
                           minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales
 32  En esta modalidad la reducción de jornada está comprendida entre el 25% y   taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza. A estos colectivos   33
 el 50%.                   se les aplican unos coeficientes reductores de forma que cada año cotizado se
   • Jubilación parcial con contrato de relevo. Para acogerse a esta modalidad, la   prima con un coeficiente, de forma que permite reducir la edad de jubilación. En
 persona trabajadora deberá tener en 2023 una edad de 62 años y 4 meses si   ningún caso, la aplicación de los coeficientes reductores de la edad ordinaria de
 tiene al menos 35 años y 9 meses cotizados y de 63 años y 8 meses si tiene   jubilación dará lugar a que la persona interesada pueda acceder a la pensión de
 cotizados al menos 33 años.   jubilación con una edad inferior a 52 años
 Cuando finalice el periodo transitorio en 2027, serán exigibles 65 años con un     ∞  Jubilación demorada: Retraso de la edad de jubilación, con incremento de la
 mínimo de 33 años cotizados o 63 años con 36 años y seis meses  base reguladora de la pensión (4% más cada año), un incentivo en forma de pago
                           único como mínimo, de 4.786,27 € anuales, y de 12.060,12 € como máximo, o
 La reducción de jornada mínima en esta modalidad es del 25% y la máxima del   una formula mixta entre ambas.
 50% (75% si se contrata una persona trabajadora relevista a tiempo completo
 y con contrato indefinido)   En cuanto al procedimiento de cálculo de la pensión de jubilación, hay que tener y cuenta
                  que, desde la reforma de 2022 este procedimiento se verá alterado, comenzando el pro-
 En esta modalidad empresa y persona trabajadora continúan cotizando igual   ceso de integración a partir de 2027. Desde ese año y hasta 2044 existirán dos modalida-
 que si la persona trabajadora continuara a jornada completa, y se requiere que   des para fijar las bases reguladoras.
 la persona trabajadora que se acoja a esta modalidad lleve al menos 6 años
 contratada con anterioridad en la empresa.  Este modelo dual para calcular la pensión marcará que cada persona afectada podrá ele-
                  gir la opción más favorable entre los últimos 25 años cotizados o los últimos 29 años pero
 La base de cotización de la persona relevista tiene que ser equivalente como   restando los dos peores (en la práctica, 27 años de cotización). El modelo dual comen-
 mínimo al 65% de la base de la persona relevada.   zará a desplegarse de forma progresiva desde 2027 hasta 2038, a razón de 4 meses de
                  incremento por cada año desde 2027 a 2038. El sistema dual se mantendrá hasta 2040,
 Se  exigen como mínimo 33 años cotizados para la persona trabajadora que   pudiendo elegir entre la opción nueva (29 años, desechando los dos peores) y la de los
 accede a jubilación parcial
                  últimos 25 años. El procedimiento se aplicará de oficio, aplicándose a las personas bene-
   • Jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera. Esta   ficiarias la opción más beneficiosa.
 modalidad, vigente desde 2018 y prorrogada para este año 2023, recoge la   Desde 2041 hasta 2044 se prevé un periodo transitorio, aumentando seis meses por año
 posibilidad de acceder a la modalidad de jubilación parcial en unas condicio-  el modelo actual, aplicándose 25,5 años en 2041, 26 años en 2042 y 26,5 años en 2043,
 nes más ventajosas a las personas trabajadoras que desempeñen tareas que   por tanto, no será hasta 2044 cuando se implante definitivamente, utilizándose plena-
 requieran esfuerzo físico en las empresas de la industria manufacturera.
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