Page 39 - Comparativa de las relaciones laborales en el sector agroalimentario
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Esta modalidad de jubilación requiere al acuerdo entre empresa y persona traba- Se pueden acoger a esta modalidad (previo acuerdo con la empresa) las per-
jadora salvo que el derecho esté recogido en Convenio Colectivo o acuerdo de sonas trabajadoras con más de 61 años (60 si tuvieran la condición de mutua-
empresa. lista y con más de 6 años de antigüedad en la empresa.
La modalidad de jubilación parcial permite reducir la jornada de trabajo entre un La reducción de jornada prevista para esta modalidad es de un mínimo del
25% y un 50%, o un 75% en los casos que se contrate una persona trabajadora 25% y un máximo del 67% (o del 80% si el contrato de la persona trabajadora
relevista de forma indefinida a tiempo completo percibiendo una parte de la pen- relevista se realiza indefinido a jornada completa).
sión de jubilación, la correspondiente a la jornada reducida.
En esta modalidad la cotización se realiza por el porcentaje de jornada que
Cuando la persona trabajadora acceda a la edad de jubilación, la pensión se re- la persona trabajadora conserve. La base de la persona relevista no podrá ser
calculará nuevamente, accediendo normalmente al 100% de la pensión. inferior al 65% de la base de la persona jubilada parcialmente.
La ventaja que ofrece para la persona trabajadora es que esta modalidad permite El requisito de años cotizados para la persona trabajadora jubilada parcialmen-
mantener la cotización hasta la edad legal de jubilación, lo que hace que la pen- te es como mínimo de 33 años.
sión no se vea disminuida al llegar a esta edad, eliminando la penalización que
lleva aparejada la jubilación anticipada. Otras modalidades de jubilación son:
Existen tres modalidades de jubilación parcial: ∞ Jubilación flexible, que permite la posibilidad de desempeñar un trabajo a tiempo
parcial (máximo 75% de jornada) una vez la persona ha accedido a la jubilación.
• Jubilación parcial diferida sin contrato de relevo. En esta modalidad, el jubilado parcial ya La nueva pensión se recalcula una vez cesado el trabajo a tiempo completo, te-
tiene la edad ordinaria de jubilación, que por aplicación del periodo transitorio hasta 2027 niendo en cuenta las nuevas cotizaciones.
es de 66 años y 4 meses o 65 cuando se acrediten más de 37 años y 9 meses de cotiza-
ción. No es necesaria la celebración de contrato de relevo. ∞ Jubilación anticipada por razón de grupo o actividad profesional. Se aplica a de-
terminados colectivos con condiciones de trabajo con mayor índice de mortali-
Se exigen 15 años cotizados, de los cuales dos deben estar comprendidos dad o morbilidad y de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o
entre los 15 últimos. insalubre. Se aplica, entre otros, a personas trabajadoras incluidas en el estatuto
minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales
32 En esta modalidad la reducción de jornada está comprendida entre el 25% y taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza. A estos colectivos 33
el 50%. se les aplican unos coeficientes reductores de forma que cada año cotizado se
• Jubilación parcial con contrato de relevo. Para acogerse a esta modalidad, la prima con un coeficiente, de forma que permite reducir la edad de jubilación. En
persona trabajadora deberá tener en 2023 una edad de 62 años y 4 meses si ningún caso, la aplicación de los coeficientes reductores de la edad ordinaria de
tiene al menos 35 años y 9 meses cotizados y de 63 años y 8 meses si tiene jubilación dará lugar a que la persona interesada pueda acceder a la pensión de
cotizados al menos 33 años. jubilación con una edad inferior a 52 años
Cuando finalice el periodo transitorio en 2027, serán exigibles 65 años con un ∞ Jubilación demorada: Retraso de la edad de jubilación, con incremento de la
mínimo de 33 años cotizados o 63 años con 36 años y seis meses base reguladora de la pensión (4% más cada año), un incentivo en forma de pago
único como mínimo, de 4.786,27 € anuales, y de 12.060,12 € como máximo, o
La reducción de jornada mínima en esta modalidad es del 25% y la máxima del una formula mixta entre ambas.
50% (75% si se contrata una persona trabajadora relevista a tiempo completo
y con contrato indefinido) En cuanto al procedimiento de cálculo de la pensión de jubilación, hay que tener y cuenta
que, desde la reforma de 2022 este procedimiento se verá alterado, comenzando el pro-
En esta modalidad empresa y persona trabajadora continúan cotizando igual ceso de integración a partir de 2027. Desde ese año y hasta 2044 existirán dos modalida-
que si la persona trabajadora continuara a jornada completa, y se requiere que des para fijar las bases reguladoras.
la persona trabajadora que se acoja a esta modalidad lleve al menos 6 años
contratada con anterioridad en la empresa. Este modelo dual para calcular la pensión marcará que cada persona afectada podrá ele-
gir la opción más favorable entre los últimos 25 años cotizados o los últimos 29 años pero
La base de cotización de la persona relevista tiene que ser equivalente como restando los dos peores (en la práctica, 27 años de cotización). El modelo dual comen-
mínimo al 65% de la base de la persona relevada. zará a desplegarse de forma progresiva desde 2027 hasta 2038, a razón de 4 meses de
incremento por cada año desde 2027 a 2038. El sistema dual se mantendrá hasta 2040,
Se exigen como mínimo 33 años cotizados para la persona trabajadora que pudiendo elegir entre la opción nueva (29 años, desechando los dos peores) y la de los
accede a jubilación parcial
últimos 25 años. El procedimiento se aplicará de oficio, aplicándose a las personas bene-
• Jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera. Esta ficiarias la opción más beneficiosa.
modalidad, vigente desde 2018 y prorrogada para este año 2023, recoge la Desde 2041 hasta 2044 se prevé un periodo transitorio, aumentando seis meses por año
posibilidad de acceder a la modalidad de jubilación parcial en unas condicio- el modelo actual, aplicándose 25,5 años en 2041, 26 años en 2042 y 26,5 años en 2043,
nes más ventajosas a las personas trabajadoras que desempeñen tareas que por tanto, no será hasta 2044 cuando se implante definitivamente, utilizándose plena-
requieran esfuerzo físico en las empresas de la industria manufacturera.