Page 869 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 869
PANADERÍAS
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE
PANADERÍA Y EXPENDIDURÍAS DE PAN DE SEVILLA|
Código de Convenio | 41002545011991
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
SEVILLA Disposición adicional tercera. Planes de Igualdad. Las empresas
incluidas en el ámbito de actuación del presente convenio están
VIGENCIA: obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el
2020-2026 ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar las medidas
dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre
ESTADO: mujeres y hombres, medidas que deberán negociar con la
NUEVO representación legal de las personas trabajadoras. En el caso de las
empresas de más de 50 personas trabajadoras (según el RD6/2019)
Nº TOTAL las medidas de igualdad deberán dirigirse a la elaboración y aplicación
de un Plan de Igualdad, con el alcance y contenido mínimo
TRABAJADORES: establecido en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de
2.720 negociación en la forma que se determina en el RD 901/2020, de 13
de octubre por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
Nº MUJERES: 1. Los Planes de igualdad (…) 2. Los planes de igualdad tendrán como
952 mínimo el contenido regulado en el RD 901/2020
Nº HOMBRES: IGUALDAD SALARIAL:
1.768
Disposición adicional tercera. Planes de Igualdad Según el Artículo 3
del RD 902/2020 de 13 de octubre de igualdad retributiva entre
mujeres y hombres, las empresas del Sector de panadería de Sevilla
y provincia aplicarán el principio de transparencia retributiva
entendido como aquél que, aplicado a los diferentes aspectos que
determinan la retribución de las personas trabajadoras y sobre sus
diferentes elementos, permite obtener información suficiente y
significativa sobre el valor que se le atribuye a dicha retribución. La
aplicación de dicho principio supone la identificación de
discriminaciones, tanto directas como indirectas, debidas a las
incorrectas valoraciones de los puestos de trabajo. La transparencia
retributiva se aplicará a través de los siguientes instrumentos:
registros retributivos, auditorias salariales, sistemas de valoración de
puestos de trabajo de la clasificación profesional contenida en el
presente convenio colectivo y el derecho de información de las
personas trabajadoras