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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS VINÍCOLAS,
ALCOHOLERAS Y SUS DERIVADOS DE EXTREMADURA|
Código de Convenio | 81000145012004
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
EXTREMADURA Artículo 54º. Medidas de igualdad entre mujeres y hombres (…)
Planes de igualdad. Para las empresas que tengan 50 o más
VIGENCIA: trabajadores se establece el deber de negociar, conforme al capítulo
2023-2024 III del título IV de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, planes que
garanticen la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y
ESTADO: mujeres
NUEVO IGUALDAD SALARIAL:
Artículo 54º. Medidas de igualdad entre mujeres y hombres (…)
Nº TOTAL Igualdad salarial en trabajos de igual valor. Se fijan en este convenio
TRABAJADORES: niveles retributivos, tablas salariales y determinación de todo com
plemento salarial, vigilando especialmente la exclusión de
1.800 discriminaciones indirectas
VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
Nº MUJERES: Nada
1.500
VIOLENCIA DE GÉNERO:
Nº HOMBRES: Disposición Adicional (…) Se aplicará lo previsto en la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo sobre igualdad efectiva de mujeres y hombres,
300 y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de
protección Integral contra la violencia de género.
ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
Artículo 47º. Graduación de las faltas. Se considerarán como faltas
muy graves: l) El acoso sexual Artículo 54º. Medidas de igualdad entre
mujeres y hombres (…) Ambiente laboral exento de acoso sexual. No
se tolerará en las empresas la situación en que se produzca cualquier
comportamiento verbal, no verbal o físico, relacionado con el sexo de
una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad
de la persona y de crear un entorno intimidatorio, hostil, degra dante,
humillante u ofensivo.
MEDIDAS LGTBI:
Nada
ACOSO LGTBI:
Nada