Page 784 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESPECIAS
CONVENIO COLECTIVO DE PREPARADORES Y
ESTAUCADORES DE ESPECIAS, CONDIMENTOS Y
HERBOLISTERÍA DE MURCIA|
Código de Convenio | 30000505011981
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
MURCIA Capítulo XII Cláusulas generales para el fomento de la igualdad y no
discriminación Artículo 34. Igualdad en el trabajo y de oportunidades
VIGENCIA: (…) La elaboración y aplicación de Planes de Igualdad en las empresas
2022-2025 afectadas por este convenio colectivo se realizará en empresas
conforme a la legislación vigente. El Plan a aplicar será el que
ESTADO: previamente se acuerde entre la empresa y los representantes de los
NUEVO trabajadores (…) En el caso de Empresas que cuenten con una plantilla
de más de 50 personas, las medidas de igualdad a que se refiere el
Nº TOTAL párrafo anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un
TRABAJADORES: plan de igualdad, que deberá asimismo ser objeto de negociación en
400 la forma y plazos que determine la legislación laboral y su posterior
registro. Para las Empresas con una plantilla inferior a 50 personas, se
Nº MUJERES: recomienda contar con políticas internas en materia de igualdad con
los mismos objetivos.
100
IGUALDAD SALARIAL:
Nº HOMBRES: Capítulo XII Cláusulas generales para el fomento de la igualdad y no
300 discriminación Artículo 34. Igualdad en el trabajo y de oportunidades
No Discriminación.· Igualdad salarial en trabajos de igual valor.· Que
mujeres y hombres reciban igual retribución por trabajos de igual
valor, así como que haya igualdad en cuanto a sus condiciones de
empleo en cualesquiera otros sentidos del mismo.
VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
Nada
VIOLENCIA DE GÉNERO:
Capítulo XII Cláusulas generales para el fomento de la igualdad y no
discriminación Artículo 34. Igualdad en el trabajo y de oportunidades