Page 744 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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BEBIDAS REFRESCANTES
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LAS
INDUSTRIAS DE BEBIDAS REFRESCANTES DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA|
Código de Convenio | 80000555012002
IGUALDAD
ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
4. Durante este proceso, que deberá estar sustanciado en un plazo
máximo de 10 días (…) 5. La persona que haya formulado la denuncia,
tendrá la facultad de elegir a la persona que le representará durante
toda la investigación. (…) 6. La comisión de investigación estará
compuesta por la empresa y los representantes legales de las personas
trabajadoras de forma paritaria (…) 7. La dirección de la empresa, si
existen indicios racionales ciertos, de forma cautelar aislará y
protegerá a la persona denunciante de la persona o personas
denunciadas. (…) 8. En caso de no existir representación legal de los
trabajadores/as, la persona denunciante podrá poner en conocimiento
de la comisión paritaria del convenio los hechos. (…) 9. Finalizada la
investigación, la comisión en cada uno de los casos emitirá un informe
(…)
MEDIDAS LGTBI:
Nada
ACOSO LGTBI:
Nada