Page 740 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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BEBIDAS REFRESCANTES
CONVENIO COLECTIVO DE LAS BEBIDAS REFRESCANTES,
JARABES Y HORCHATAS DE BARCELONA|
Código de Convenio | 08001815011995
IGUALDAD
PROVINCIA: LEGISLACIÓN SOBRE PLANES DE IGUALDAD:
BARCELONA Artículo 48 bis Actuaciones en materia de igualdad (…) Estas medidas se
tienen que incluir dentro de los Planes de igualdad siguiendo los
VIGENCIA: parámetros del Real Decreto: 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes
2021-2023 para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en la ocupación y la ocupación, que establece: Las empresas de
más de ciento cincuenta personas trabajadoras y hasta doscientas
ESTADO: cincuenta personas trabajadoras tienen que tener aprobado el plan de
REVISADO igualdad Las empresas de más de ciento y hasta ciento cincuenta personas
trabajadoras, tienen que tener aprobado el plan de igualdad. Las empresas
Nº TOTAL de cincuenta a ciento personas trabajadoras tienen que tener aprobado un
TRABAJADORES: plan de igualdadantes del 7.03.2022
IGUALDAD SALARIAL:
1.200 Artículo 48 bis Actuaciones en materia de igualdad (…) Brecha salarial: sin
perjuicio del que establece la normativa vigente los representantes legales
Nº MUJERES: de los trabajadores de las empresas tendrán derecho a ser informados
200 anualmente, dentro del primer trimestrede cada año, respecto a la masa
salarial desagregada correspondiendo al año anterior, paracorregir las
Nº HOMBRES: eventuales situaciones de discriminación por razón de sexo. Se entenderá
1.000 por masa salarial desagregada el detalle de número de mujeres y hombres
de cada grupo profesional y el desglose de todos los conceptos salariales
con las cuantías devengadas.
VALORACIÓN PUESTO DE TRABAJO:
VIOLENCIA DE GÉNERO:
Artículo 49. Acoso moral y acoso sexual o por razón de sexo en el trabajo
Protección de las víctimas de la violencia de género.La ley orgánica 1/2004
de medidas de protección integral contra la violencia de género
compilación.
ACOSO SEXUAL Y/O POR RAZÓN DE SEXO:
Artículo 49. Acoso moral y acoso sexual o por razón de sexo en el trabajo.
Anexo 5. Protocolo para la prevención y el abordaje del acoso sexual y
por razón de sexo. Presentación y ámbito de aprobación. Objetivos del
presente protocolo Ámbito de aplicación Definiciones Garantías del
procedimiento Proceso de intervención y diagrama El procedimiento de la
empresa se puede iniciar por comunicación o directamente por denuncia.
Se constituye la Comisión de investigación representada por la parte
empresarial y la parte sindical, esta Comisión será quien designa la
persona/se de referencia. La Comisión de investigación es un órgano
decisorio. Fase 1. Comunicación y asesoramiento Fase 2. Denuncia interna
e investigación Fase 3. Resolución