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PANADERÍAS
CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍA DE
NAVARRA|
Código de Convenio | 31005305011981
JORNADA
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
2.–Desconexión digital: De conformidad con lo establecido en el
artículo 88 de la Ley Orgánica 2/2018 de 5 de diciembre de
Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales, se reconoce y regula el derecho de las Personas
trabajadoras sometidas a este convenio a la desconexión digital, al
objeto de garantizar fuera del tiempo de trabajo el respeto de su
tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como si intimidad
personal y familiar. De conformidad con lo establecido en el artículo
88.2 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, las empresas,
previa audiencia a la Representación Legal de los trabajadores,
elaborarán políticas internas en las que se recojan los derechos de
desconexión digital, las condiciones y modalidades de su ejercicio,
los supuestos de excepción y las acciones formativas. En todo caso,
y con carácter general, se recomiendan las siguientes prácticas, salvo
para supuestos de excepción que para supuestos de fuerza mayor o
situación de extraordinaria o urgente necesidad se establezcan:
–No remitir correos electrónicos, ni mensajes ni realizar llamadas
telefónicas fuera de las jornadas y horarios habituales de trabajo ni
en fines de semana, festivos, vacaciones ni en día de disfrute de
licencias, sean o no retribuidas, ni en los días de libre disposición,
–Promover la utilización de la configuración de envío retardado
cuando los correos electrónicos deban enviarse fuera de horario
laboral salvo en los supuestos de excepción que requieran remisión
y recepción inmediata.
–Programar o facilitar la programación de respuestas automáticas
para los períodos de ausencia, indicando las fechas de ausencia y los
datos de localización de la persona trabajadora a la que se hubiese
encomendado la sustitución de la persona ausente.
–No convocar reuniones por herramientas telemáticas (Teams,
Zoom, etc...) fuera de las jornadas y horarios habituales de trabajo
ni en fines de semana, festivos, vacaciones ni en día de disfrute de
licencias, sean o no retribuidas, ni en los días de libre disposición,