Page 493 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ESTATAL



          MATADEROS DE AVES Y CONEJOS|

          Código de Convenio | 99003395011981
                                                     JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.778 horas anuales
          ESTATAL                           REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
                                            Artículo 14. Jornada laboral. Sin perjuicio de la flexibilidad horaria
          VIGENCIA:                         que  se  establece  en  este  artículo,  las  empresas  garantizarán  el

          01-01-2019                        registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto
          31-12-2025                        de inicio y finalización de la misma y conservarán los registros de las
                                            mismas durante el plazo y en las condiciones que en cada momento
          ESTADO:                           establezca la legislación vigente, todo ello de conformidad con lo
          REVISADO                          establecido  en  el  núm.  9  del  artículo  34  del  Estatuto  de  los
                                            Trabajadores.
          Nº TOTAL

          TRABAJADORES:                     REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
          14.025
                                            No
          Nº MUJERES:
          8.415                             REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
                                            Artículo 14. Jornada laboral.Los trabajadores tienen derecho a estar
          Nº HOMBRES:                       digitalmente  desconectados,  a  no  contestar  correos  ni  a  recibir
                                            llamadas fuera de las horas de trabajo a fin de que quede garantizado
          5.610                             su  derecho  al  descanso,  permisos  y  vacaciones,  así  como  a  su

                                            intimidad personal y familiar.

                                            VACACIONES:                                      26 días laborables
                                            CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
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