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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA LA INDUSTRIAS
VINÍCOLAS, LICORERAS Y ALCOHOLERAS DE LA PROVINCIA
DE CÓRDOBA|
Código de Convenio | 14000155011982
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 3,00 %
CÓRDOBA SALARIO ANUAL PEÓN: 13.908,54 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 14.499,76 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
2022-2024 15.103,58 €
ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: -1.211,46 €
REVISADO DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª -620,24 €
DIFERENCIA SMI 2023 -16.42 €
Nº TOTAL ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
TRABAJADORES: CLÁUSULA DE REVISIÓN:
850 Artículo 46. Disposiciones finales. VII. Si la suma de los IPC de los años 2022, 2023
y 2024 supera el 8% se incrementarán las tablas salariales con un 1% a fecha
Nº MUJERES: 01/01/2025 (sin atrasos), si la suma de los IPC de los años 2022, 2023 y 2024
supera el 9% entonces se incrementarán las tablas salariales con un 2% a fecha
125 01/01/2025 (sin atrasos).
Nº HOMBRES: PAGAS EXTRAORDINARIAS:
725 Artículo 9. Gratificaciones extraordinarias. A) Gratificaciones de Julio y Navidad.
Durante la vigencia del presente Convenio, las gratificaciones de Julio y Navidad
serán de una mensualidad de Salario Base, Complemento de Vinculación y Plus de
Convenio, teniendo derecho a las mismas todas las personas trabajadoras. Dichas
pagas se harán efectivas obligatoriamente, en los meses de julio y diciembre
respectivamente. B) Bolsa de Vacaciones. Con objeto de que puedan atender
debidamente a la finalidad recreativa de las vacaciones, se establece, acorde con
ello y como compensación o cumplidos de los mayores gastos que el ejercicio de
tal finalidad acarrea, una Bolsa de Vacaciones por una cantidad equivalente a una
mensualidad de Salario Base, Plus de Convenio, así como una cantidad lineal de
187,84 € en el año 2022, 193,48 € en el año 2023, y 197,35 en el año 2024,
cantidades éstas que serán percibidas por las personas trabajadoras afectados por
este Convenio, el día hábil anterior al inicio de sus vacaciones. Las personas
trabajadoras que no llevaren un año de servicio en la empresa, percibirán dicha
compensación en proporción al tiempo trabajado.
OBSERVACIONES:
Existe una bolsa de vacaciones de 193,48 euros anuales y un plus de transporte de
52,28 euros mensuales (575,08 euros anuales), que se han tenido en cuenta para
el cálculo del salario anual.