Page 425 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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INDUSTRIAS VINÍCOLAS
CONVENIO COLECTIVO PARA LA INDUSTRIA
ELABORADORA, ALMACENISTAS Y DISTRIBUIDORES DE
VINOS, CERVEZAS, LICORES Y OTRAS BEBIDAS
ESPIRITUOSAS DE LA PROVINCIA DE BURGOS|
Código de Convenio | 9000395011981
SALARIOS
PROVINCIA: INCREMENTO SALARIAL 2023: 2,50 %
BURGOS SALARIO ANUAL PEÓN: 19.527,00 €
SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª: 20.882,55 €
VIGENCIA: SALARIO ANUAL
2022-2025 ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE: 20.973,60 €
ESTADO: DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN: 4.407,00 €
REVISADO DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª 5.762,55 €
DIFERENCIA SMI 2023 5.853,60 €
Nº TOTAL ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:
TRABAJADORES: CLÁUSULA DE REVISIÓN:
1.877 Artículo 8. – Salarios. Para el año 2023, en el caso de que el Índice de
Precios al Consumo (IPC), establecido por el InE, registrara en el año
Nº MUJERES: natural de 2023 un incremento superior al 2,5%, se efectuará una revisión
657 de las tablas salariales, tan pronto se constate oficialmente dicha
circunstancia, en el exceso sobre la indicada cifra, y con el límite máximo
de un 1,5%, lo que equivaldría a un incremento total máximo, en caso de
Nº HOMBRES: que se produjera del 4%. Tal incremento se abonará con efectos de 1 de
1.220 enero de 2023, sirviendo como base de cálculo para el incremento salarial
del año 2024, y para llevarlo a cabo se tomarán como referencia los salarios
o tablas utilizados para realizar los aumentos pactados para el año 2023.
La revisión salarial del año 2023, en el caso de que la hubiera, se abonará
durante el primer trimestre del año 2024. Para el año 2024, en el caso de
que el Índice de Precios al Consumo (IPC), establecido por el InE,
registrara en el año natural de 2024 un incremento superior al 2%,se
efectuará una revisión de las tablas salariales, tan pronto se constate
oficialmente dicha circunstancia, en el exceso sobre la indicada cifra, y con
el límite máximo de un 2%, lo que equivaldría a un incremento total
máximo, en caso de que se produjera del 4%. Tal incremento se abonará
con efectos de 1 de enero de 2024, sirviendo como base de cálculo para
el incremento salarial del año 2025, y para llevarlo a cabo se tomarán como
referencia los salarios o tablas utilizados para realizar los aumentos
pactados para el año 2024. La revisión salarial del año 2025, en el caso de
que la hubiera, se abonará durante el primer trimestre del año 2026.