Page 217 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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Mientras que desarrollo más completo y actualizado se encuentra en el convenio

                  de Preparadores de especias, condimentos y herbolistería de Alicante (Artículo
                  39. Igualdad de remuneración y registro salarial) “La empresa está obligada a pagar

                  por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o

                  indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin
                  que  pueda  producirse  discriminación  alguna  por  razón  de  sexo  en  ninguno  de  los

                  elementos o condiciones de aquella.(…) La empresa llevará un registro con los valores
                  medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de

                  su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías o
                  puestos de trabajo iguales o de igual valor.”


                        9.5.3.   Valoración de puestos de trabajo


                  Solo el convenio de Preparadores de especias, condimentos y herbolistería de

                  Alicante (Artículo 39. Igualdad de remuneración y registro salarial) incluye en su

                  articulado algo sobre Valoración de puestos de trabajo y lo hace enmarcado dentro

                  del  RD902/2020:”Un  trabajo  tendrá  igual  valor  que  otro  cuando  la  naturaleza  de  las
                  funciones  o  tareas  efectivamente  encomendadas,  las  condiciones  educativas,

                  profesionales  o  de  formación  exigidas  para  su  ejercicio,  los  factores  estrictamente
                  relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades

                  se llevan a cabo en realidad sean equivalentes. La empresa llevará un registro con los
                  valores  medios  de  los  salarios,  los  complementos  salariales  y  las  percepciones

                  extrasalariales  de  su  plantilla,  desagregados  por  sexo  y  distribuidos  por  grupos
                  profesionales, categorías o puestos de trabajo iguales o de igual valor.”



                        9.5.4.   Medidas para la protección de trabajadoras víctimas de violencia de género

                  En  cuanto  a  las  medidas  dirigidas  a  la  protección  de  trabajadoras  víctimas  de

                  violencia de género, la mitad de los convenios del sector de Especias menciona o

                  recoge alguno de los derechos de estas trabajadoras recogido en la Ley 1/2004 de

                  28 de diciembre.
                  El  convenio  de  Preparadores  de  especias,  condimentos  y  herbolistería  de

                  Alicante (Artículo 10. Licencias) recoge el derecho de reducción de jornada para

                  las  trabajadoras  víctimas  de  violencia  de  género,  mientras  que  el  convenio  de
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