Page 216 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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9.5.1.    Regulación sobre Planes de Igualdad

                  Todos los convenios pertenecientes al sector de Especias incluyen la LO3/2007, de

                  22  de  marzo,  para  la  igualdad  efectiva  de  mujeres  y  hombres,  en  cuanto  a  la

                  obligatoriedad empresarial de negociar planes de igualdad.

                  Ninguno  de  estos  convenios  incluye  expresamente  el  RD-Ley  6/2019,  de  1  de
                  marzo,  de  medidas  urgentes  para  garantía  de  la  igualdad  de  trato  y  de

                  oportunidades  entre  mujeres  y  hombres  en  el  empleo  y  la  ocupación,  ni  los

                  RD901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su

                  registro y RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y
                  hombres.  Aunque  no  mencionen  la  legislación  vigente  en  esta  materia,  los

                  convenios  de  Envasado  y  preparación  de  especia  naturales,  condimentos  y

                  herbolistería  de  Burgos  (Artículo  25.  Ley  de  igualdad)  y  el  convenio  de

                  Preparadoras  y  estaucadores  de  especias,  condimentos  y  herbolistería  de
                  Murcia  (Artículo  34.  Igualdad  en  el  trabajo  y  de  oportunidades),  recogen  la

                  obligatoriedad de las empresas de más de 50 personas trabajadoras de elaborar y

                  aplicar un plan de igualdad.


                        9.5.2.   Igualdad Salarial

                  El  75%  de  los  convenios  del  sector  de  Especias,  aunque  no  mencionan
                  directamente el RD902/2020, incluyen, o bien el principio de igualdad salarial o

                  parte de la redacción de este real decreto, en cuanto a brecha salarial, registro

                  retributivo, grupos profesionales y la obligatoriedad empresarial de presentar el

                  registro retributivo a la representación legal de las personas trabajadoras.

                  El convenio de Envasado y preparación de especia naturales, condimentos y
                  herbolistería de Burgos (Artículo 25. Ley de Igualdad) menciona que: “las empresas

                  de este sector han de regirse por principios de igualdad en materia salarial” y el convenio

                  de Preparadoras y estaucadores de especias, condimentos y herbolistería de
                  Murcia (Artículo 34. Igualdad en el trabajo y de oportunidades) recoge la igualdad

                  salarial por trabajos de igual valor y que: “mujeres y hombres reciban igual retribución

                  por trabajos de igual valor, así como que haya igualdad en cuanto a sus condiciones de
                  empleo en cualesquiera otros sentidos del mismo.”
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