Page 143 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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6.5.3. Valoración de puestos de trabajo
Solo el convenio de Industrias de bebidas refrescantes de la Comunidad
Valenciana (Artículo 48. Igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito
laboral) incluye en su articulado algo sobre Valoración de puestos de trabajo y lo
hace enmarcado dentro del RD902/2020 recomendando la herramienta del
Instituto de las Mujeres, del modo siguiente: “6. El registro con los valores medios de
los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla
de las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo, desagregados por sexo y
distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo
iguales o de igual valor se llevará a cabo con arreglo a lo previsto en el Real decreto
902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, y
específicamente el procedimiento de valoración de los puestos de trabajo previsto en su
Disposición Final Primera. En su defecto, se recomienda a herramienta de autodiagnóstico
de brecha salarial de género del Instituto de la Mujer”
6.5.4. Medidas para la protección de trabajadoras víctimas de violencia de género
En cuanto a las medidas dirigidas a la protección de trabajadoras víctimas de
violencia de género, solo el convenio de Bebidas refrescantes, jarabes y
horchatas de Barcelona (Artículo 49. Acoso moral y sexual o por razón de sexo en
el trabajo. Protección de las víctimas de violencia de género) se remite a la Ley
1/2004 de 28 de diciembre.
6.5.5. Protocolo de prevención y actuación contra el acoso sexual y/o por razón de
sexo
En cuanto al acoso sexual y acoso por razón de género, se analiza en primer lugar
si este tipo de acoso se incluye en el régimen disciplinario del convenio. En este
sentido, solo el convenio de Industrias de bebidas refrescantes de la Comunidad
Valenciana (Artículo 33. Faltas y sanciones) incluye como falta muy grave el acoso
sexual y/o por razón de sexo.
En lo que se refiere al Protocolos de prevención y actuación contra el acoso, hay
que señalar que ambos convenios incluyen en su redacción un Protocolo de acoso,
más o menos desarrollado y estructurado.