Page 139 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
P. 139
En lo relativo a las cláusulas relacionadas con la jornada, hemos analizado si se
encuentran reguladas en convenio el registro de jornada, el trabajo a distancia o
teletrabajo, la desconexión digital, las vacaciones y en qué términos y la flexibilidad
de la jornada.
Si bien, el texto completo de las citadas cláusulas las podemos encontrar en cada
una de las fichas de los convenios analizados, del análisis de los mismos
comprobamos que en ambos Convenios se encuentran Regulados tanto el registro
de Jornada, como el trabajo a distancia o teletrabajo, como la desconexión digital.
En el caso de la regulación del registro de jornada, tras la modificación del artículo
34.9 del Estatuto de los trabajadores se establece que “las empresas están
obligadas al establecimiento de un sistema de control y registro horario en el que
de forma fidedigna se refleje la jornada diaria de cada persona trabajadora y deberá
incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la
flexibilidad horaria que pudiera establecerse entre las partes. El sistema utilizado
en momento alguno atentará contra el derecho de las personas trabajadoras a su
intimidad, a la protección de datos de carácter personal y a los derechos digitales
reconocidos en la normativa vigente. El registro de jornada debe permanecer en
todo momento en el centro de trabajo, a disposición para su consulta de las
personas trabajadoras, de la representación legal de los trabajadores y de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social”.
Esto significa que desde el 12 de mayo de 2019 todas las empresas deben tener
implantado un sistema de registro diario de jornada. Se trata de una obligación
legal sobre la que no cabe pacto en contrario. Es decir, es de obligado
cumplimiento, pero hemos querido analizar si está recogido en el articulado de los
convenios.