Page 125 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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ACOSO FALTA MUY GRAVE
No lo recoge
como falta Falta muy
41% grave
59%
Los convenios de Industrias del aceite y sus derivados de la provincia de
Barcelona (Artículo 18. Régimen disciplinario), Manipulado, aderezo, relleno y
deshueso de aceitunas de Murcia (Artículo 37. Faltas y sanciones) y el convenio
de Aceites y sus derivados de Sevilla (Artículo 41. Faltas y sanciones), incluyen el
acoso sexual como falta muy grave, pero sin incluir el acoso por razón de sexo y sin
añadir definiciones y conductas.
El convenio de Aceites y derivados de Ciudad Real (Artículo 39. Faltas muy
graves), incluye junto al acoso sexual al acoso por razón de sexo, pero no incluye
las definiciones de estos tipos de acoso.
El convenio de Aceite y sus derivados, aderezo, relleno y exportación de olivas
de la comarca de Lleida (Artículo 45. Régimen disciplinario) incluye el acoso
sexual y la definición del mismo, mientras que el convenio de Aceites y sus
derivados de la Comunidad Valenciana (Artículo 41. 1.3) incluye en sus faltas
muy graves el acoso o las agresiones contra la libertad sexual de los
compañeros/as de trabajo.
Solo el 24% de los convenios provinciales o autonómicos del sector de Aceites
menciona o mandata la elaboración de Protocolos de prevención y actuación
contra el acoso, ninguno de estos convenios cuenta con un Protocolo desarrollado
y estructurado y en ninguno de ellos se menciona el órgano o comisión instructora.