Page 128 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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5.5.6  Medidas dirigidas al colectivo LGTBI

                  El artículo 15.1 de la LO 4/2023 de 28 de febrero, para la Igualdad real y efectiva de

                  las  personas  trans  y  para  la  garantía  de  los  derechos  de  las  personas  LGTBI

                  establece  que:  “Las  empresas  de  más  de  cincuenta  personas  trabajadoras

                  deberán contar en el plazo de doce meses a partir de la entrada  en vigor de la
                  presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la

                  igualad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación

                  para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las

                  medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la
                  representación legal de las personas trabajadoras.”

                  En  cuanto  a  medidas  dirigidas  al  colectivo  LGTBI,  el  88%  de  los  convenios

                  provinciales o autonómicos del sector de Aceites no menciona nada sobre medidas

                  concretas  para  el  colectivo  LGTBI  o  contra  la  discriminación  por  orientación  o
                  identidad sexual.

                  Solo  el  12%  de  los  convenios  de  este  sector  menciona  algo  sobre  igualdad  y

                  diversidad  para  prevenir  la  discriminación  directa  o  indirecta  por  orientación  o

                  identidad sexual.

                                                     MEDIDAS LGTBI



                                                     Medidas
                                                       LGTBI
                                                       12%






                                                               Nada
                                                                88%
   123   124   125   126   127   128   129   130   131   132   133