Page 180 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR FAENAS AGRÍCOLAS,

          FORESTALES Y GANADERAS DE LA PROVINCIA DE SEVILLA|
          Código de Convenio | 41001235011981
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.781 horas anuales
          SEVILLA                           REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         No
          2022-2025                         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
                                            No
          ESTADO:
          REVISADO                          REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
                                            No
          Nº TOTAL
          TRABAJADORES:                     VACACIONES:                                       31 días naturales
          123.000                           CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
                                            ARTÍCULO 17.- JORNADAS DE TRABAJO
          Nº MUJERES:                       Teniendo en cuenta las especiales características del trabajo en el
          24.000                            campo, la jornada podrá ser distribuida de forma irregular y flexible,
                                            en  atención  a  las  necesidades  de  las  mismas  en  cada  momento,
          Nº HOMBRES:                       atendiendo a las siguientes condiciones:
          99.000
                                            - Se podrá ampliar y reducir la jornada diaria de trabajo efectivo,
                                            respetando en todo caso la jornada semanal de treinta y nueve horas.

                                            - En los casos de que la ampliación de la jornada diaria suponga una
                                            realización  de  más  de  treinta  y  nueve  horas  semanales,  éstas  se
                                            considerarán a todos los efectos, horas extraordinarias.

                                            -  La  jornada  intensiva  se  aplicará  preferentemente  en  todos  los
                                            cultivos, siempre que las necesidades de los mismos y de la empresa
                                            lo posibiliten, especialmente en las recolecciones.

                                            -  En  las  jornadas  intensivas  o  continuadas,  así  como  en  jornada
                                            partida, la empresa está obligada a dar un descanso a lo largo de la
                                            misma  de  15  minutos  continuados,  no  considerándose  dicho
                                            descanso tiempo efectivo de trabajo
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