Page 176 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR

          AGROPECUARIO DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA|
          Código de Convenio | 31000155011993
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.754 horas anuales
          NAVARRA                           REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         Control  horario:  En  empresas  de  más  de  15  trabajadores  se
                                            establecerá  un  sistema  digital  de  control  de  jornada  que  deberá
          2023-2025                         implantarse para el 31-12-2025.

          ESTADO:                           REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
          NUEVO                             No

          Nº TOTAL                          REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
          TRABAJADORES:                     No
          5.000                             VACACIONES:                                       30 días naturales

          Nº MUJERES:                       CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
          1.900                             Art. 13-Distribución irregular de la jornada: el máximo será de un
                                            8%. A los contratos eventuales dicho porcentaje se les aplicará sobre
          Nº HOMBRES:                       la duración de su contrato. Las empresas que tengan acuerdos que
          3.100                             mejoren lo aquí recogido se respetarán.
                                            La distribución irregular podrá afectar a la jornada máxima semanal
                                            o mensual pero no a la máxima anual.

                                            Las  empresas  elaborarán  un  calendario  anual  según  la  jornada
                                            semanal antes citada, que será negociado con los representantes de
                                            las  personas  trabajadoras  al  principio  del  año  y  puesto  en  su
                                            conocimiento, y que en todo caso deberá respetar las disposiciones
                                            legales vigentes en materia de descanso entre jornadas y descanso
                                            semanal.
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