Page 171 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA MANIPULADO Y
ENVASADO DE TOMATE FRESCO DE LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE MURCIA|
Código de Convenio | 30001335011981
JORNADA
CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
Las partes acuerdan que esta distribución irregular de la jornada en
cómputo anual se efectúe dentro del abanico horario de la jornada,
en ocho meses, a elección de la empresa, dentro del año natural al
que corresponda, pero siempre respetando los descansos diarios y
semanales previstos en la ley, como antes se ha indicado y no
superen las 28 horas mensuales o 145 en ocho meses al año, que
lógicamente tendrán valor de hora normal, al no ser extraordinarias.
Para los años 2022 y 2023 se incrementa el porcentaje de
distribución de la jornada irregular al 9%, que se aplicará en 8 meses
a elección de la Empresa, todo ello respetando los descansos diarios
y semanales y lo previsto en la ley, y siempre que no se superen las
30 horas mensuales o 164 en 8 meses al año, que tendrán valor de
hora ordinaria.
Igualmente, y con vigencia para 2022 y 2023, la Empresa comunicará
a los Comités de Empresa si hará uso de la jornada flexible dentro
de los dos primeros meses del inicio de cada campaña, indicando los
meses en que la utilizará. No obstante lo anterior la Empresa podrá
modificar los meses elegidos comunicándolo previamente al Comité
de Empresa.