Page 169 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
P. 169

AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO PARA RECOLECTORES DE

          CÍTRICOS DE LA REGIÓN DE MURCIA|
          Código de Convenio | 30001665011992
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.816 horas anuales
          MURCIA                            REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         No
          2021-2025                         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
                                            No
          ESTADO:
          REVISADO                          REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
                                            No
          Nº TOTAL
          TRABAJADORES:                     VACACIONES:                                       30 días naturales
          750                               CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
                                            Art. 4. De mutuo acuerdo se podrá establecer la semana de cinco
          Nº MUJERES:                       días en las fechas en que el tiempo lo permita y no sean épocas de
          500                               recolección. En caso de desacuerdo, resolverá la Autoridad Laboral.
                                            No  obstante  en  los  meses  de  Julio  y  Agosto  la  jornada  será
          Nº HOMBRES:                       continuada.
          250                               Las empresas podrán distribuir a lo largo del año el 8% como máximo
                                            de la jornada de trabajo en cómputo anual, tanto por ciento que se
                                            ha aceptado por la discontinuidad y temporalidad del trabajo, motivo
                                            por el que se busca ese tanto por ciento que las partes consideran
                                            ajustado a derecho. Dicha distribución horaria deberá respetar en
                                            todos los casos los periodos mínimos de descanso diario y semanal
                                            previstos en la ley.

                                            Por ello la Dirección de la Empresa podrá hacer uso de 145 horas
                                            anuales de distribución irregular de la jornada.

                                            Sin  sobrepasar  el  límite  de  145  horas  anuales  de  distribución
                                            irregular de la jornada, las empresas podrán realizar hasta 48 horas
                                            ordinarias semanales durante los meses de noviembre a abril de cada
                                            año.
   164   165   166   167   168   169   170   171   172   173   174