Page 172 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA
CONVENIO COLECTIVO PARA EL MANIPULADO Y
ENVASADO DE AGRIOS DE LA REGIÓN DE MURCIA|
Código de Convenio | 30000055011982
JORNADA
PROVINCIA: JORNADA ANUAL: 1.800 horas anuales
MURCIA REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:
No
VIGENCIA: REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA:
2020-2024
No
ESTADO: REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL:
REVISADO No
VACACIONES: 30 días naturales
Nº TOTAL CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
TRABAJADORES: Artículo 14. Flexibilización de la jornada
1.000
Por las peculiaridades del trabajo estacional y discontinuo, pedidos
Nº MUJERES: urgentes, suministros, imprevistos, etc. se pacta expresamente la
jornada irregular durante los meses de octubre, noviembre,
800 diciembre, enero, febrero, marzo, abril y mayo donde la empresa
podrá organizar el trabajo existente estableciendo las jornadas
Nº HOMBRES: diarias o semanales precisas, en función de las necesidades de cada
200 momento con respeto a los límites establecidos en este artículo y en
el artículo 34.2 del estatuto de los trabajadores. En este periodo la
jornada tendrá las siguientes características:
Se establece una jornada semanal ordinaria máxima de 56 horas de
trabajo efectivo (durante los meses de octubre a mayo). Las horas
que sobrepasen la jornada semanal ordinaria se considerarán
extraordinarias y se retribuirán según lo recogido en tabla salarial
anexa.
Durante la jornada semanal, las horas comprendidas a partir de la 46
y hasta la 56 de trabajo efectivo, tendrán la consideración de horas
de campaña, con la retribución expresa reflejada en las tablas
salariales, y pudiendo ser pactada entre empresa y representantes de
los trabajadores/as. También se considerarán como “horas de
campaña” aquellas que se sitúen fuera del abanico horario, y las que
superen la novena hora, y serán voluntarias para los trabajadores/as
salvo que se pacte lo contrario entre empresa y trabajadores/as.