Page 184 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL CAMPO DE

          TOLEDO|
          Código de Convenio | 45000075011981
                                                   JORNADA







          PROVINCIA:                        JORNADA ANUAL:                                 1.784 horas anuales
          TOLEDO                            REGULA EL REGISTRO DE JORNADA:

          VIGENCIA:                         D.A. 5ª. REGISTRO Y CONTROL
          2023                              Las empresas afectadas por este convenio procederán a establecer
                                            un sistema de control y registro horario en el que de forma fidedigna
          ESTADO:                           se refleje la jornada diaria de cada persona trabajadora, que deberá
          NUEVO                             incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de
                                            trabajo,  sin  perjuicio  de  la  flexibilidad  horaria  que  pudiera
          Nº TOTAL                          establecerse.
          TRABAJADORES:                     El  registro  y  control  horario  garantizará  el  cumplimiento  de  su
          2.098                             finalización y permitirá comprobar el cumplimiento de la normativa
                                            en materia de tiempo de trabajo en toda su extensión (jornada diaria,
          Nº MUJERES:                       descanso  entre  jornadas,  descanso  semanal,  turnos,  trabajo
                                            nocturno, permisos, etc) Las pausas con la consideración del trabajo
          400                               efectivo no se registrarán.

          Nº HOMBRES:                       El sistema que se implante en la empresa (registro en papel utilización
          1.698                             de contraseñas, uso de tarjetas de dispositivos analógicos o digitales,
                                            huellas  dactilares  sistemas  de  geolocalización,  recogida  de  datos
                                            biométricos,  etc)  tendrá  en  cuenta  el  derecho  a  la  desconexión
                                            digital y tendrá una vigilancia de su respeto por parte de la empresa.
                                            La  forma  en  que  se  organice  y  documente  el  registro,  deberá
                                            diseñarse de forma que facilite la comprensión de los datos por parte
                                            de los trabajadores y trabajadoras y el control del cumplimiento de
                                            la normativa laboral por parte de sus representantes.
                                            El  sistema  de  registro  en  la  medida  en  que  pueda  comprometer
                                            derechos  fundamentales,  como  los  de  intimidad  o  dignidad  de  la
                                            persona trabajadora o suponer un tratamiento de datos de carácter
                                            personal,  se  ajustará  a  los  criterios  de  proporcionalidad  e
                                            intervención mínima aplicables por la doctrina del T.C en esos casos.

                                            No  se  admitirá  el  uso  de  medios  o  dispositivos  propiedad  del
                                            trabajador o trabajadora para realizar el registro horario.
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