Page 105 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
RD902/2020
9% Funciones
del Comité
9%
Nada
82%
Los convenios de Manipulado y envasado de fruta fresca y hortaliza de Murcia
(Artículo 22. Comités de Empresa y Delegados de Personal); Cosecheras y
productores de fruta, uva de mesa y otros productos agrícolas de Murcia
(Artículo 22. Comités de Empresa y Delegados de Personal) y el convenio del
Campo de Toledo (54. Comités de empresa o delegad@s de personal) recogen la
valoración de puestos de trabajo y los estudios de tiempos y establecimiento de
primas o incentivos como una de las funciones a desarrollar por los comités de
empresa.
Destaca la redacción de los convenios de Manipulado y envasado de frutas,
hortalizas y flores de Almería (Disposición adicional tercera. Planes de igualdad);
Agropecuario de Cuenca (Artículo 46. Medidas para promover la igualdad de trato)
y el convenio del Campo de Granada (Disposición adicional. Planes de igualdad)
que ya introducen la valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género
tal y como recoge el RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre
mujeres y hombres.
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