Page 105 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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VALORACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
                                             RD902/2020
                                                 9%        Funciones
                                                          del Comité
                                                              9%







                                                          Nada
                                                           82%






                  Los convenios de Manipulado y envasado de fruta fresca y hortaliza de Murcia

                  (Artículo  22.  Comités  de  Empresa  y  Delegados  de  Personal);  Cosecheras  y

                  productores  de  fruta,  uva  de  mesa  y  otros  productos  agrícolas  de  Murcia

                  (Artículo  22.  Comités  de  Empresa  y  Delegados  de  Personal)  y  el  convenio  del
                  Campo de Toledo (54. Comités de empresa o delegad@s de personal) recogen  la

                  valoración de puestos de trabajo y los estudios de tiempos y establecimiento de

                  primas o incentivos como una de las funciones a desarrollar por los comités de

                  empresa.
                  Destaca  la  redacción  de  los  convenios  de  Manipulado  y  envasado  de  frutas,

                  hortalizas y flores de Almería (Disposición adicional tercera. Planes de igualdad);

                  Agropecuario de Cuenca (Artículo 46. Medidas para promover la igualdad de trato)

                  y el convenio del Campo de Granada (Disposición adicional. Planes de igualdad)
                  que ya introducen la valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género

                  tal y como recoge el RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre

                  mujeres y hombres.

















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