Page 103 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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5.2. Igualdad Salarial

                  El  50%  de  los  convenios  provinciales  o  autonómicos  pertenecientes  al  sector

                  Agrario y Manipulado Hortofrutícola no menciona nada sobre igualdad salarial. Un

                  41% de estos convenios incluye en su articulado el principio de igualdad salarial o

                  como una de las funciones de la comisión de igualdad del sector y solo el 9% de los
                  convenios introduce y/o desarrolla el RD902/2020, de 13 de octubre, de igualdad

                  retributiva entre mujeres y hombres, lo que supone un solo convenio del sector.




                                                  IGUALDAD SALARIAL


                                                    RD902/2020
                                                        9%
                                                                 Principio de
                                                                   Igualdad
                                                                   Salarial
                                                                    41%
                                              Nada
                                               50%










                  Los convenios sectoriales que recogen el principio de igualdad lo hace de forma

                  muy genérica mencionando el principio de igual trabajo, igual salario o lo incluye

                  como una de las funciones o competencias de la Comisión Paritaria o de Igualdad.
                  Encontramos  una  mención  genérica  al  principio  de  igualdad  salarial  en  los

                  convenios  de  Actividades  Agropecuarias  de  Albacete  (Cláusulas  adicionales.

                  Décima. Igualdad de Oportunidades y no discriminación); de Actividad agrícola/
                  ganadera de Ciudad Real (Artículo 37. Medidas de igualdad); Campo de Granada

                  (Disposición adicional. Planes de igualdad); Manipulado y envasado de tomate

                  fresco de Murcia (Artículo 35. Cláusulas generales para el fomento de la igualdad

                  y  no  discriminación);  Manipulado  y  envasado  de  fruta  fresca  y  hortaliza  de

                  Murcia  (Artículo  37.  Cláusulas  generales  para  el  fomento  de  la  igualdad  y  no
                  discriminación);  Empresas  cosecheras  y  productoras  de  tomate  fresco  de




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