Page 196 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.7.- Sector de Panaderías



               15.- CONVENIO COLECTIVO DE LAS INDUSTRIAS PANIFICADORES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA (Continuación)
                                       El acoso moral es toda conducta gestual, verbal, comportamiento o actitud que atenta por su repetición o
                                       sistematización contra la dignidad y la integridad físico o psíquica de una persona, que se produce en el marco
                                       de la empresa, degradando las condiciones de trabajo de la víctima y poniendo en peligro su empleo. Cuando
                                       este tipo de comportamientos tenga relación o como causa el sexo de una persona, constituirá acoso moral
                                       por razón de género.
                                       Se establecerá en cada empresa un procedimiento de actuación específico, que habrá de ser lo más ágil y
                                       rápido posible. Una vez denunciados los hechos, se garantizará el cumplimiento del derecho a la intimidad
                                       tanto de la persona que ha presentado la denuncia como de la persona objeto de la misma, guardando la
                                       confidencialidad tal y como viene establecido en el Código de Conducta Europeo.
                                       La Dirección de la Empresa en caso de que el expediente contradictorio confirme los hechos denunciados
                                       considerará el acoso sexual como falta muy grave y sancionará a la persona autora del acoso sexual conforme
                                       al artículo 58 del E.T.
                                       La sanción nunca podrá recaer sobre la víctima, ni tomar represalias contra ella, ni hacia las personas que tes-
                                       tifiquen. Se evitará su culpabilización apoyándola en todo momento e informándole de los recursos existentes
                                       en las centrales sindicales firmantes del presente convenio para el caso de que deseen emprender acciones
                                       legales.
                3.- JORNADA
                JORNADA LABORAL ANUAL  1.826
                REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
                4.- INDUSTRIA 4.0
                REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
                REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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