Page 198 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.7.- Sector de Panaderías
17.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PROVINCIAL DE INDUSTRIAS Y TRABAJADORES DE PANADERÍAS,
SUS EXPENDEDURÍAS E INDUSTRIAS DEL RAMO Y BOLLERÍA DE GUADALAJARA
CÓDIGO CONVENIO 19000245011982
PROVINCIA GUADALAJARA
VIGENCIA 2019-2021
ESTADO REVISADO
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
HOMBRES 470
MUJERES 430
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL 2,00%
SALARIO ANUAL Peón: 13.603,84 € Oficial 1ª: 19.458,19 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 303,84 € Oficial 1ª: 6.158,19 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO RETRIBUCIÓN. Para un mismo trabajo o para un trabajo al que se atribuye un mismo valor se eliminará la
DE IGUALDAD SALARIAL discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, en el conjunto de los elementos y condiciones de la
retribución. Se velarán especialmente por la aplicación de este principio de igualdad retributiva por razón
de sexo, vigilando especialmente la exclusión de discriminaciones indirectas.
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MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN Los trabajadores que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reducción
DE GÉNERO de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de trabajo,
a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación del
tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
ACOSO SEXUAL Y Se considera acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una perso-
POR RAZÓN DE SEXO na, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorNo intimidatorio, degradante
(Sanciones / Medidas / Protocolo) u ofensivo. Se considerarán en todo caso discriminatorio el acoso sexual y el acoso por razón de sexo. El con-
dicionamiento de un derecho o de una expectativa de derecho a la aceptación de una situación constitutiva
de acoso sexual o de acoso por razón de sexo se considerará también acto de discriminación por razón de
sexo. Anexo 1 del Convenio Protocolo para prevenir el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 1.782
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA NO
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO