Page 188 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.7.- Sector de panaderías



        15.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE PANADERÍA DE NAVARRA

         CÓDIGO CONVENIO        31005305011981
         SECTOR                 PANADERÍAS
         PROVINCIA              Navarra
         VIGENCIA               2019 - 2022
         ESTADO                 Nuevo
         NÚMERO DE TRABAJADORES  1.200
         HOMBRES                720
         MUJERES                480

         JORNADA                1.730
         EJERCICIO ECONÓMICO    2020
         INCREMENTO SALARIAL    1,5 %
         SALARIO ANUAL          Peón: 18.932,54 €  Oficial 1ª: 19.196,45 €
         DIFERENCIA CON SMI 2020  Peón: 5.632,54 €   Oficial 1ª: 5.896,45 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL En el supuesto de que el Índice de Precios al Consumo (IPC) Nacional para el periodo 1 de enero de 2019
                                a 31 de diciembre de 2022, supere el incremento pactado para el conjunto de los cuatro años de vigencia
                                del presente convenio, se aplicará una revisión salarial en lo que exceda hasta alcanzar el equivalente al
                                IPC Nacional acumulado de los cuatro años de vigencia más 1 punto porcentual, que se aplicará sobre las
                                tablas salariales vigentes a 31 de diciembre de 2022 y se abonará junto con la nómina del mes de Enero
                                de 2023.
         MEDIDAS DIRIGIDAS A PROMOVER  Planes de igualdad
         LA IGUALDAD DE TRATO Y                                                                                187
         DE OPORTUNIDADES ENTRE
         HOMBRES Y MUJERES
         REGULA EL PRINCIPIO    NO
         DE IGUALDAD SALARIAL
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   NO
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
         DE GÉNERO
         ACOSO SEXUAL Y         Dentro de los objetivos de los planes de igualdad. Establecer medidas para detectar y corregir posibles riesgos
         POR RAZÓN DE SEXO      para la salud de las trabajadoras, en especial de las mujeres embarazadas, así como acciones contra los posibles
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)  casos de acoso moral y sexual.
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
         REGULA LA LOPD         NO
         OBSERVACIONES          Además de la retribución en metálico, todos los trabajadores tendrán derecho a percibir tres piezas de pan por
                                persona y día, todos los días naturales, aún en el caso de incapacidad laboral transitoria debida a enfermedad
                                o accidente.
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