Page 268 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.9.- Sector de panaderías
5.-CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE INDUSTRIAS DE PANADERÍAS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ.
CÓDIGO CONVENIO 06000395011981
VIGENCIA 2015/2017
DENUNCIA DEL CONVENIO El presente Convenio, se podrá denunciar expresamente por cualquiera de las partes, en un plazo no inferior
a los treinta días naturales anteriores a su vencimiento, en cuyo caso la negociación de un nuevo convenio
comenzará en el primer trimestre del año siguiente. Si no se procediere a tal denuncia, se estará a lo dispuesto
en la legislación vigente.
NÚMERO DE TRABAJADORES 1.065
MUJERES 723
HOMBRES 342
JORNADA 1.823 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
EJERCICIO ECONÓMICO 2017
INCREMENTO SALARIAL 1,20%
PAGAS EXTRAORDINARIAS Se establecen tres gratificaciones extraordinarias, San Honorato, Julio y Diciembre (Navidad), en la cuan-
tía de treinta días de salario base y para las panaderías industriales y mecanizadas el complemento
personal consolidado y la parte proporcional del plus de mecanización que le corresponda por los días
de trabajo efec tivo en tal condición y tiempo, hechas efectivas los días quince de los meses que corres-
pondan cada una de ellas.
SALARIO ANUAL Peón: 12.883,74 Oficial 1ª: 13.165,73
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
268 COMPLEMENTO DE IT Las empresas abonarán a los trabajadores en situación de incapacidad temporal por accidente de traba-
jo o enfermedad común las siguientes cantidades. Por incapacidad temporal derivada de accidente de
trabajo, las empresas abonarán al trabajador la parte que corresponda hasta alcanzar el 100% de la base
reguladora, a partir del primer día de producirse la referida situación. Por incapacidad temporal derivada
de enfermedad común, las empresas abonarán al trabajador el 100% de la base reguladora a partir del
quinto día.
CLÁUSULA DE
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO NO
VIOLENCIA DE GÉNERO Sí
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES CEOPAN, UGT y CC.OO
VARIOS / OBSERVACIONES