Page 218 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



               37.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERÍA Y REPOSTERÍA INDUS-
               TRIAL DE VALLADOLID

                CÓDIGO CONVENIO        47000095011982
                VIGENCIA               2018-2020
                DENUNCIA DEL CONVENIO  La denuncia del presente Convenio Colectivo será automática y hasta la firma de uno nuevo se manten-
                                       drá vigente el presente en todos sus términos tanto económicos como normativos.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  225
                MUJERES                70
                HOMBRES                155
                JORNADA                1.760 horas anuales

                VACACIONES             31 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    2,00%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficio
                SALARIO ANUAL          Peón: 12.772,03   Oficial 1ª: 14.484,55
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Para el cálculo definitivo de la tabla de cada año se tomara como referencia la tabla definitiva del año
                                       anterior y se le aplicara un incremento igual a sumar el IPC real de cada año más un 0,5%.
                COMPLEMENTO DE IT      El personal en situación de I.T. derivada de enfermedad común o accidente no laboral, percibirá un
                                       complemento por parte de la empresa de acuerdo con las siguientes escalas:
                                       •Del 1º al 3º día: el 65 %, una sola vez al año
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                                       •Del 21º hasta el 90º día:  el 85%
                                       Para el caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional los trabajadores percibirán un com-
                                       plemento adicional a las prestaciones establecidas por la seguridad social que garantizara el 100% de
                                       todos los conceptos salariales fijos y variables, estos últimos se calcularán sobre la media de los últimos
                                       seis meses en que se cause la baja.
                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Las partes firmantes de este Convenio manifiestan expresamente su absoluto rechazo a la violencia de
                                       género y siendo conscientes de que la negociación colectiva es el cauce óptimo para facilitar el ejercicio
                                       de las medidas de protección para los trabajadores/as víctimas de violencia de género en el ámbito labo-
                                       ral previsto en La Ley Orgánica 1/2004, acuerdan al efecto reconocer como vías de acreditación suficien-
                                       tes para el reconocimiento de víctimas de violencia de género, lo previsto en el Título 2º de la Ley citada.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral:
                                       Derecho a la intimidad en relación al acoso por razón de sexo
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y ASOCIACION PROVINCIAL DE EMPRESARIOS DE CONFITERIA DE VALLADOLID
                VARIOS / OBSERVACIONES  Protocolo para la prevención del Acoso sexual y el acoso por razón de sexo
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