Page 221 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.4.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        40.- CONVENIO COLECTIVO PARA LAS ACTIVIDADES DE FABRICACIÓN Y VENTA DE CONFITERÍA, PASTELERÍA, BOLLERIA Y
        REPOSTERÍA DE ZAMORA.

         CÓDIGO CONVENIO        49004605011994
         VIGENCIA               2017-2020
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Permanecerá vigente en su totalidad hasta la firma del nuevo convenio que lo sustituya.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  54
         MUJERES                17
         HOMBRES                37

         JORNADA                1.826 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficios
         SALARIO ANUAL          Peón: 0  Oficial 1ª: 12.905,70
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      En el supuesto de incapacidad temporal derivada de accidente laboral o enfermedad profesional la
                                empresa abonará al trabajador la totalidad de su salario desde el día de la baja hasta que se cumpla
                                el sexto mes de la misma. Para los supuestos de que la baja traiga por causa enfermedad común o
                                accidente no laboral la empresa complementará las prestaciones de la Seguridad Social hasta cubrir el
                                95% del salario del trabajador. Dichas mejoras se empezarán a abonar a partir del día veinticinco si-
                                guiente a la fecha de la baja médica y se extenderá hasta que se cumpla el undécimo mes de la misma.
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         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víctimas del terrorismo
                                tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral, a la reduc-
                                ción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario o a la reordenación del tiempo de
                                trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplicación del horario flexible o de otras formas de
                                ordenación del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa.
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       AZCOPA, UGT, CC.OO
         VARIOS / OBSERVACIONES  Protocolo de Acoso sexual y acoso por razón de sexo
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