Page 100 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola
15.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DEL CAMPO DE GRANADA
CÓDIGO CONVENIO 18000065011982
VIGENCIA 2016/2018
DENUNCIA DEL CONVENIO El convenio se prorrogará automáticamente en caso de no existir denuncia
NÚMERO DE TRABAJADORES 4.500
MUJERES 1.800
HOMBRES 2.700
JORNADA 39 horas semanales
VACACIONES 30 días naturales
EJERCICIO ECONÓMICO 2018
INCREMENTO SALARIAL 2,50%
PAGAS EXTRAORDINARIAS Las empresas afectadas por este convenio abonaran a su personal fijo y fijos discontinuos, 2 gratifica-
ciones extraordinarias de 30 días de salario base. Estas gratificaciones serán en proporción al tiempo
trabajado. En concepto de participación en beneficios.
SALARIO ANUAL Peón: 14.027,21 Oficial 1ª: 15.067,21
CLÁUSULA DE REVISIÓN Sí
COMPLEMENTO DE I.T. El personal fijo afectado por el presente convenio que se encuentre en I.T. profeSíonal percibirá de sus
respectivas empresas un complemento hasta el 100% del salario convenio, mientras dure la campaña para
la que fue contratado.
CLÁUSULA DE
100 ESTABILIDAD EN EL EMPLEO NO
VIOLENCIA DE GÉNERO SI, la empresa está obligada a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y
con esta finalidad, adoptará medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres
y mujeres. Además se recoge el supuesto de acoso: “Tendrán la consideración de faltas graves o muy
graves los malos tratos de palabra y obra, la falta de respeto a la intimidad y consideración debida a la
dignidad, las ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual sobre cualquier trabajador/a de la empresa
o viceversa.
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito labo-
ral: Derecho a la intimidad en relación al acoso en el ámbito laboral.
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES COAG, ASAJA, UGT. CC.OO.
VARIOS / OBSERVACIONES Acoso en el ámbito laboral.- Estos supuestos en caso de ser ejercidos desde posiciones de superioridad
jerárquica y aquellas que sean ejercidas sobre personas con contrato no indefinido, se consideraran en
todo caso como falta muy grave y como abuso de autoridad sancionable con la inhabilitación para el
ejercicio de funciones de mando o cargo de responsabilidad de las personas que lo hayan efectuado.