Page 105 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        20.-CONVENIO COLECTIVO AGRÍCOLA DE LA PROVINCIA DE HUESCA.
         CÓDIGO CONVENIO        22000015012004
         VIGENCIA               2015/2017

         DENUNCIA DEL CONVENIO  El convenio estará denunciado automáticamente al finalizar su vigencia.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  7.000
         MUJERES                1
         HOMBRES                6.999
         JORNADA                1.760 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales.
         EJERCICIO ECONÓMICO    2017
         INCREMENTO SALARIAL    1,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de 30 días de salario cada una de ellas.
                                1 paga de 20 días de salario.
         SALARIO ANUAL          Peón: 11.890,20   Oficial 1ª: 13.879,35
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO. No obstante, si el IPC acumulado entre 2016 y 2017, fuera superior al 2%, dicho incremento se apli-
                                cará, a los solos efectos de actualización de las tablas que servirán como referencia al incremento que
                                correspondiera al año 2018,  siempre y cuando no excediera de 0,5%.
         COMPLEMENTO DE I.T.    En caso de Incapacidad Temporal, derivada de enfermedad común, el trabajador tendrá derecho a perci-
                                bir el Salario Convenio durante los primeros 15 días, a contar desde el día del parte de baja médica. Si la
                                causa de incapacidad deriva en hospitalización o esta se produce, durante los 120 primeros días de I.T.,
                                la empresa abonará la diferencia existente entre lo abonado por la entidad gestora de la Seguridad Social
                                y el 100% del salario de Convenio.                                             105

                                En caso de accidente o enfermedad laboral, la empresa abonará la diferencia existente entre lo satisfe-
                                cho por la entidad gestora de la Seguridad Social y el 100% del salario de convenio durante un periodo
                                máximo de 3 meses para los trabajadores eventuales y 6 meses para los fijos.
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  SI
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Sí. Se incluye la creación de una Comisión de Igualdad
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       ASAJA, UAGA, UGT y CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES  Vigente hasta 2017. Sin actualización salarial
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