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4.3.7.- Sector de panaderías
18.- CONVENIO COLECTIVO DE INDUSTRÍA DE PANADERÍA DE LA PROVINCIA DE GUIPÚZCOA.
(Datos salariales sin actualizar desde 2015)
VIGENCIA 2012-2015. Ampliada vigencia hasta 2019
CÓDIGO CONVENIO 20000935011981
DENUNCIA DEL CONVENIO Si ninguna de las partes lo denuncia, el convenio se prorrogará automáticamente de forma tácita un
año más. Durante los sucesivos años en los que el convenio se vea automáticamente prorrogado el
plazo para su denuncia será en los mismos términos indicados al inicio de este párrafo.En caso de
denuncia del convenio, la ultraactividad del mismo operará a partir de la finalización del plazo de
su vigencia.
NÚMERO DE TRABAJADORES 1.599
HOMBRES 960
MUJERES 639
JORNADA 1.728 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de S.B.
SALARIO ANUAL Peón: 22.037,40 Oficial 1ª: 22.722,60
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Los productores que se encuentren en situación de I.T. derivada de enfermedad común, accidente de tra-
bajo o enfermedad profesional y que sean hospitalizados, percibirán el 100 por 100 de sus retribuciones
desde el día siguiente al ingreso en el centro sanitario, hasta un período máximo de doce meses.
258 Los trabajadores en situación de baja por accidente de trabajo, percibirán a partir del 10.º día de baja, el
100 por 100 de sus retribuciones.
En las situaciones de IT por enfermedad común, los productores percibirán desde el día 6 al 20 inclusive,
el 75% de su salario base regulador. Del día 21 al 90 inclusive, el 90 por 100 de su salario base regulador
y del 91 en adelante hasta un máximo de 18 meses contados desde el primer día de baja, el 100 por 100
de su salario base regulador.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES ADEGI-AGIPAN, UGT y CC.OO