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4.3.7.- Sector de panaderías



               20.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE LA INDUSTRÍA DE PANADERÍA DE HUESCA.
                VIGENCIA               2018-2020
                CÓDIGO CONVENIO        22000245012004

                DENUNCIA DEL CONVENIO  Una vez finalizada la vigencia del presente Convenio, ambas partes se comprometen a iniciar negocia-
                                       ciones de cara a la firma del próximo, por lo que se entiende automáticamente denunciado el presente
                                       Convenio sin necesidad, por tanto, de comunicación a las partes y a la Autoridad Laboral.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  523
                HOMBRES                400
                MUJERES                123
                JORNADA                1.782 horas anuales
                VACACIONES             30 días naturales
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias+ 1 paga “San Honorato” + 1 paga beneficios del 15%
                SALARIO ANUAL          Peón: 14.563,81   Oficial 1ª: 14.563,81
                INCREMENTO SALARIAL    1,50%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Si el IPC resultante de cada uno de los años fuera superior al incremento salarial pactado, dicho in-
                                       cremento se aplicará, a los solos efectos de actualización de las tablas que servirán como referencia al
                                       incremento que correspondiera al año siguiente
                COMPLEMENTO DE I.T.    Cuando la Incapacidad temporal, debidamente acreditada, sea consecuencia de accidente de trabajo o
                                       enfermedad profesional, la empresa abonará el complemento necesario para que el trabajador perciba el
                                       100% del salario neto que viniera percibiendo, y con una duración máxima de 30 días.
                CLÁUSULA DE            NO
      260       ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  Teniendo en cuenta la importancia que en este Sector tiene la formación profesional del personal ade-
                                       cuado y debidamente preparado para sustituir a aquellos trabajadores que por una u otra causa extin-
                                       guen su vínculo laboral, ambas partes acuerdan constituir una Comisión Monográfica y Unitaria entre la
                                       Asociación Empresarial y las Centrales Sindicales suscribientes del presente Convenio, con el objetivo
                                       común de impulsar la citada Formación Profesional ante los órganos administrativos correspondientes.
                COMITÉ DE SALUD LABORAL  Seguridad y salud laboral
                CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  Ampliamente regulado en artículo 43 del Convenio
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Los trabajadores y trabajadoras que tengan la consideración de víctimas de violencia de género o de víc-
                                       timas del terrorismo tendrán derecho para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social
                                       integral, a la reducción de la jornada
                PARTES FIRMANTES       UGT, CCOO Y ASOCIACION PROVINCIAL DE FABRICANTES Y EXPENDEDORES DE PAN
                BUENAS PRÁCTICAS       Protocolo de acoso sexual y por razón de género
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